El Consejo de Enfermería dice que la LOPS impide a la Junta ejercer el control deontológico, pese a la libre colegiación

Europa Press Andalucía
Actualizado: lunes, 30 junio 2008 17:59

SEVILLA 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

El presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Enfermería, Florentino Pérez Raya, afirmó hoy que la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) recoge en su articulado "que todos los profesionales tienen que estar sometidos al control deontológico de sus profesiones, independientemente de si se trabaja en el sector público o privado", un argumentario que, en su opinión, impide a la Junta ejercer ese control deontológico en respuesta a la libre colegiación, "ya que un empleador nunca puede actuar deontológicamente con su empleado al carecer de competencias para ello".

Pérez Raya se postuló así frente al Decreto 151/2003 de la Junta, por el que se designa un código numérico a cada profesional que trabaja en exclusiva para la sanidad pública, --el cual le permite a la Junta ejercer la tutela de sus profesionales--, en sustitución al número de colegiado que con anterioridad a la libre colegiación era requisito indispensable.

Con todo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado ya el recurso contencioso-administrativo que elevó el Colegio de Médicos de Sevilla contra dicha norma, al esgrimir, entre otros argumentos, que la colegiación "no es obligatoria" cuando el trabajador es personal funcionario. De esta forma, la sentencia entiende que es a la Administración a la que le corresponde ejercer las funciones de "tutela" de la profesión.

Frente a este argumentario, Pérez Raya señaló en declaraciones a Europa Press que la ley de libre colegiación que aprobó la Junta, en enero de 2003, "va en contra de lo que recoge la LOPS acerca del control deontológico". Pese a que la LOPS se aprobó en noviembre de ese mismo año, puntualizó que dicha norma "es de aplicación básica para todo el Estado".

En este sentido, recordó que en 2002 el Ejecutivo central "elevó un recurso al Tribunal Constitucional contra las comunidades de Andalucía, Extremadura y Canarias, al entender que la decisión de que la colegiación en una profesión sea o no obligatoria es una atribución que le compete al Estado y no a una comunidad".

"El Constitucional será quien tenga la última palabra en este asunto y resolver acerca de esta cuestión", declaró el dirigente de la entidad colegial, que confió que "para finales de 2009 o principios de 2010 el Constitucional emita la sentencia definitiva", concluyó.

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