Fátima Báñez en el Congreso de los diputados
EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 15 mayo 2016 18:02

SEVILLA, 15 May. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno, a través de su Delegación en Andalucía, ha señalado este domingo que el Consejo de Estado ha emitido un informe, a petición del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en el que "rechaza que los ministros deban comparecer en comisiones de investigación autonómicas", y "advierte que el Parlamento de Andalucía no puede requerir la presencia de la ministra Báñez por falta de competencia".

Según el dictamen, "esa presencia vulneraría el sistema constitucional de distribución de competencias", según ha informado la Delegación del Gobierno en Andalucía en una nota en la que detalla que, en su dictamen número 193/2006, que "recoge una doctrina consolidada desde 1986, el Consejo de Estado afirma que el Parlamento andaluz es incompetente para requerir la presencia de un ministro tanto por razón del sujeto como del objeto de la comparecencia".

Este dictamen se conoce la víspera del día para el que la comisión de investigación constituida en el Parlamento andaluz sobre las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Formación Profesional para el Empleo (FPE), desde 2002 hasta la actualidad, hubiera citado a, entre otros, la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, para comparecer en dicho espacio.

Así, en cuanto a la "falta de competencia por razón del sujeto", el informe recuerda que "el control del Gobierno de la Nación corresponde a las Cortes Generales, tal y como recoge el artículo 108 de la Constitución Española, al prever que el Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados".

En su dictamen, según agrega la Delegación del Gobierno, el Consejo de Estado establece que los Parlamentos autonómicos "carecen de competencias de control político sobre el Gobierno de la Nación o las autoridades, funcionarios, y cualesquiera otra personas a su servicio", ya que, según señala el artículo 29.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, "los actos y omisiones del Gobierno de la Nación, del que la ministra de Empleo y Seguridad forma parte, están sometidos al control político de las Cortes Generales, y no, en cambio al de las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas".

Por otra parte, "tras constatar falta de competencia del Parlamento de Andalucía para requerir la comparecencia de la ministra, el Consejo de Estado, considera que es preciso destacar que, aun cuando el periodo investigado se extiende --a lo largo de 14 años-- "desde 2002 hasta la actualidad", se incluye en la lista de comparecientes a quien ha venido ostentando esta magistratura durante los últimos cuatro años pero no, sin embargo, a quienes ocuparon dicha cartera durante la década precedente, ni tampoco a otros órganos superiores o directivos de dicho ministerio".

"FALTA DE COMPETENCIA POR RAZÓN DEL OBJETO"

Por otra parte, el dictamen establece que "los asuntos de interés público que pueden ser objeto de tales comisiones han de estar necesariamente comprendidos dentro del ámbito competencial propio de la comunidad autónoma".

"En el asunto sometido a consulta, el ámbito de actuación de la comisión de investigación constituida en el Parlamento de Andalucía, se encuentra circunscrito a la fiscalización de las subvenciones otorgadas por la Junta de Andalucía en materia de formación profesional para el empleo", añade el dictamen reseñado por el Gobierno.

De esta manera, se detalla que "el ámbito autonómico al que se ciñeron tales subvenciones y el carácter también autonómico de los órganos que las otorgaron, unido a las distribución constitucional de competencias existente en la materia, son datos que conducen a pensar que la Administración del Estado se mantuvo --en principio y en ausencia de evidencias que pudieran indicar otra cosa-- al margen del proceso de concesión de las ayudas en cuestión".

UNA DOCTRINA "CONSOLIDADA"

Desde el Gobierno señalan que el Consejo de Estado recoge en su dictamen "una doctrina consolidada que se remonta a 1986, con la solicitud de comparecencia de los directores de los Medios de Comunicación del Estado en el Parlamento de Canarias".

"Esta doctrina se ha venido aplicando desde entonces a más de media decena de casos que engloban desde la Comisión de Investigación del Prestige, constituida por el Parlamento de Galicia; la solicitud de comparecencia del ex presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores ante las Cortes valencianas; los requerimientos de comparecencia dirigidos a determinadas autoridades y personal del Banco de España y del FROB en la Comisión sobre Caja de Ahorros del Mediterráneo en las Cortes valencianas; o la solicitud de comparecencia al Gobierno y el ex gobernador del Banco de España en el Parlamento de Extremadura".

Asimismo, esta doctrina está "refrendada por múltiples informes de la Abogacía del Estado en relación con las solicitudes de comparecencias de altos cargos de la Administración General del Estado en distintos parlamentos autonómicos", según concluye la Delegación del Gobierno.

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