Entra en vigor el decreto que regula la venta directa de productos primarios

Actualizado: miércoles, 2 noviembre 2016 12:14

SEVILLA, 2 Nov. (EUROPA PRESS) -

El decreto de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural que regula la venta directa al consumidor de productos primarios entrará en vigor este jueves, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA) y su aprobación en Consejo de Gobierno el pasado 18 de octubre.

Este decreto permitirá que más de 183.000 explotaciones agrarias y 8.000 productores de producción ecológica podrán vender directamente al consumidor un diez por ciento de los productos primarios agrarios y forestales que produce cada explotación anualmente.

Se podrán acoger 22 tipos de productos, todos agroalimentarios y que no se han sometido a ningún proceso de elaboración, salvo la miel. Entre esos productos se encuentran la bellota, castaña, cereales, fresas, frutos rojos, huevos, jalea real, legumbres o frutos de todo tipo, entre otros.

Este tipo de venta directa se podrá hacer 'in situ', esto es, en explotaciones agrarias, en granjas, en mercados del pueblo por el propio productor o por quien designe y en establecimientos al por menor, esto es, pequeñas tiendas del municipio, restaurantes, comedores e instalaciones de turismo rural.

El listado de productos que se podrán comprar de forma directa son aceitunas de mesa, bellotas, castañas, caracoles, cereales, espárragos, fresas y frutos rojos, frutales subtropicales, hortalizas, huevos, jalea real, legumbres, miel, otras frutas y frutos cultivados, patatas, plantas aromáticas, piñones, polen, propóleo, setas cultivadas, setas silvestres y tagarninas.

El decreto añade una serie de obligaciones a productores y recolectores, que deberán comunicar a la Consejería su intención de pertenecer a esta fórmula y rellenar un formulario para acogerse a la venta directa.

Ademas, con vistas a garantizar la seguridad y calidad del producto las explotaciones deben llevar un apunte y un sistema de registro, que deben mantener durante varios años para hacer constar el producto, la cantidad, la fecha, quién lo vende y donde, así como nombre, dirección y titular del establecimiento en el caso de que se haya vendido a un minorista; todo ello con vistas a mantener la trazabilidad.

Los productores deben asumir un sistema de autocontrol y buenas prácticas de higiene; deben llevar etiquetado y añadir una identificación del producto y del productor, quien lo está vendiendo o lo ha recolectado; todo ello para preservar la total garantía de calidad y seguridad alimentaria. Estarán también obligados a entregar con el producto un documento acreditativo de la venta.

Asimismo, se crea un registro de venta directa "en aras a una permanente sistematización y para homogeneizar toda la información".
Se trata del Sistema de Información de Venta Directa de Productos Primarios en Andalucía (Sivda). Esta herramienta recogerá datos de los productores y recolectores, que obligatoriamente tendrán que comunicar su intención de hacer venta directa, con el fin de conocer su ubicación y el tipo de producción que van a comercializar.

Además se establece un sistema de inspecciones y sanciones "para garantizar la calidad y seguridad alimentarias" en esta práctica que viene siendo tradicional en Andalucía. Así, la nueva regulación determina que el incumplimiento de sus obligaciones y condiciones se sancionará de acuerdo con las distintas normativas aplicables en materias de calidad, consumo, regulación forestal y sanidad e higiene.