Guardias civiles, policías y militares heridos inician un contencioso-administrativo contra el Estado por sus pensiones

Actualizado: jueves, 1 enero 2015 17:31

SEVILLA, 1 Ene. (EUROPA PRESS) -

Un colectivo de más de 200 guardias civiles, policías y militares pensionistas heridos en acto de servicio han iniciado un contencioso-administrativo contra el Estado "en defensa de sus derechos", toda vez que se sienten "discriminados" en relación con los pensionistas de actos terroristas y quieren cobrar sus pensiones "íntegras, sin que haya limitaciones".

Según un comunicado del bufete de Fernando Osuna, que asesora legalmente a este colectivo, son más de 200 personas en toda España, que residen en Alicante, Murcia, Asturias, Valencia, Badajoz, Cádiz, Cantabria, La Coruña, Granada, Huelva, Jaén, León, Madrid, Málaga, Melilla, Palma de Mallorca, Sevilla y Zaragoza.

Ha explicado que tras varios años de trámites en los órganos de la Administración del Estado y haber obtenido respuestas negativas, acaban de iniciar la vía de los tribunales de Justicia, concretamente un contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, donde se ha presentado una demanda colectiva , con más de 120 demandantes, el resto hasta 200 se incorporará más tarde.

Aseguran que están dispuestos a llegar al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo y entienden que "se han vulnerado sus derechos al limitarse el tope de sus pensiones". El problema que plantean es exclusivamente referido a las pensiones extraordinarias de retiro o jubilación.

Consideran que "son servidores del Estado que padecen una incapacitación acaecida en acto de servicio o como consecuencia del mismo" y apuntan que "por la propia peculiaridad intrínseca de la profesión son más vulnerables a sufrir accidentes o atentados terroristas, y no es justo que sus derechos están siendo restringidos por los poderes públicos, dando lugar al agravio comparativo respecto a sus propios compañeros en circunstancias similares, con la única salvedad de que éstos fueron víctimas de atentados terroristas, existiendo entre sus agraviados, muchas otras víctimas, que sin ser tras atentado terrorista, presentan iguales o mayores daños o secuelas".

Las pensiones en cuestión están reguladas en el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado. Los haberes reguladores se fijan cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, aunque apunta que "con todo ello, la pensión extraordinaria es del doble de la cuantía de una pensión ordinaria".

TOPE MÁXIMO DE PENSIONES

No obstante, apuntan que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1984 "dispuso que el importe de la pensión de clases pasivas sola o en concurrencia con otras no podría exceder de 187.950 pesetas mensuales abonables en 14 mensualidades".

Los militares, policías y guardias civiles consideran que "no había justificación para dicho límite, que se estableció sin una base que lo fundamentase, y que fue una medida provisional que se sigue manteniendo".

Lamentan que la medida "se ha prolongado", y las leyes de Presupuestos Generales del Estado "establecen anualmente un límite máximo de percepción para las pensiones públicas, que no puede ser superado por la pensión o la suma de las pensiones públicas que perciba un mismo beneficiario, y de este modo, el tope de las pensiones se mantiene desde hace 26 años, si bien actualizado todos los años en la Ley de Presupuestos Generales del Estado".

Precisa que "únicamente están excluidas de la aplicación de dicho límite las pensiones derivadas de actos de terrorismo, así como la prestación complementaria que otorga tanto el mutualismo administrativo (Muface, Mugeju e Isfas), como la Seguridad Social, en concepto de 'Gran Invalidez' (50% de la pensión)".

PLANTEAMIENTO

Este colectivo de militares, policías y guardias civiles quieren cobrar sus pensiones extraordinarias "sin que se les aplique el tope de las LPGE". La peculiaridad es que en este caso, la petición "se referiría solo a las pensiones extraordinarias de clases pasivas" y apunta que la base de la petición "es precisamente la especialidad de estas pensiones, equiparables a las de terrorismo".

Piden que "no se incluya esa medida en las próximas Leyes de Presupuestos (para las pensiones extraordinarias) y puedan cobrar la pensión sin tope".

Consideran que "si se denegara, se tendría la opción de recurrir al Tribunal Constitucional por medio del recurso de amparo, si se basa en la vulneración de un derecho fundamental".

Abogan por "defender la vulneración del derecho fundamental de igualdad en relación con las pensiones de terrorismo, y reclamando el cobro íntegro de las pensiones extraordinarias sin tope, en atención a su peculiaridad; es decir, habría que basarse en la vulneración de un derecho fundamental, para reclamar que, aunque dicha medida siga incluyéndose en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, se legisle la excepción, como se hizo con las pensiones de terrorismo".