Actualizado: jueves, 16 noviembre 2017 16:30

SEVILLA, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral de la Universidad de Sevilla (US) ha rechazado el recurso interpuesto por la Asamblea de Ayudantes Doctores y Contratados Doctores Interinos y la Asociación de Personal Docente e Investigador (Adius) contra la decisión de la Hispalense de situar a los contratados doctores interinos en la categoría B3 en el censo de cara a las próximas elecciones a celebrar en el Claustro de la institución.

Según ha indicado a Europa Press el portavoz de Adius, Carlos Bueno, la argumentación para el rechazo parte de una interpretación de los estatutos según la cual el criterio que establece la permanencia en el grupo B2 de los colaboradores doctores y contratados doctores es la "estabilidad".

Como quiera que el acuerdo de la Comisión Paritaria de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del I convenio colectivo del personal docente e investigador con contrato laboral de las universidades andaluzas (Civea) señala que los contratados doctor en situación de interinidad "tendrán los mismos derechos y obligaciones que éste, excepto las inherentes al carácter permanente de su vinculación laboral", ello ha servido a la institución para rechazar el razonamiento de los docentes.

Ahora, estos colectivos deberán valorar si "merece la pena" recurrir el asunto en la jurisdicción contencioso-administrativa, ya que sería la única vía que queda abierta para continuar recurriendo el asunto.

Ante el proceso de preparación por parte de ambos colectivos de las listas para conformar y presentar una candidatura conjunta al Claustro, según se señala en el texto del recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, los profesores contratados doctor en situación de interinidad pudieron observar cómo en el primer día en el que se publicaban los censos aparecían adscritos al subsector B2, y sin embargo, al día siguiente, bajo la alegación de que se habían producido errores, estos docentes constataban que se les había trasladado al subsector B3, donde también tienen cabida segmentos como los profesores asociados, los sustitutos interinos y varios sectores más del conocido como el personal en precario.

Los recurrentes se remiten a la normativa electoral de esta universidad, el Reglamento General de Régimen Electoral de la Universidad de Sevilla (RGRE), que en el Título II, relativo a procedimientos especiales, recoge en su artículo 19 (Sectores y Circunscripciones electorales), en su apartado 1, letra B, los subsectores en los que se subdivide el sector B, que incluye todo el personal docente e investigador no perteneciente al sector A, "y que establece que el subsector B2 comprenderá a los profesores contratados doctores y a los profesores colaboradores con título de doctor".

"Debemos entender que los profesores contratados doctor en situación de interinidad no son una categoría específica porque ninguna norma así lo establece, sino que ocupan su plaza bajo la figura de contratado doctor, en tanto que están acreditados a la misma y su situación no permanente se deriva de no haber permitido su adecuada promoción a la estabilización como profesores contratados doctor fijos por razones absolutamente ajenas a éstos", subrayan.

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