Huelva.-27-M.- PA insta a Chamizo a pedir el amparo del TC para que los andalucistas presenten candidatura en Cortegana

Agudo denuncia que PSOE e IU "incumplen" la Ley de Igualdad y ve "absurdo" que el PA no se pueda presentar por "exceso" de mujeres

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 23 mayo 2007 21:06
SEVILLA, 23 May. (EUROPA PRESS) -

El Partido Andalucista presentó hoy una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, en la que denuncia el "anormal funcionamiento" de las Juntas Electorales de Zona en Huelva en la aplicación del artículo 44.bis de la Ley Electoral, ante lo que le solicita que presente un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) para que "se restablezca el derecho del PA en Cortegana a concurrir a estas elecciones y se conceda un plazo para subsanar las infracciones en el ámbito de la paridad para evitar que se tengan que impugnar las elecciones en la localidad, ya que van a concurrir PSOE e IU, con listas que incumplen el artículo 44.bis".

En un comunicado remitido a Europa Press, la vicesecretaria general del PA, Antonia Agudo, recordó que la candidatura del PA a la Alcaldía de Cortegana ha sido rechazada por "exceso de mujeres". Así, explicó que se han puesto en contacto con el Defensor del Pueblo Andaluz porque "hemos vuelto a recurrir en súplica al TC y en amparo a la Fiscalía del TC, sin que a día de hoy hayan contestado".

Agudo dijo que el PA entiende que "no se está aplicando la equidad en un procedimiento electoral por el que todo ciudadano tiene derecho a ser elegido y elegible". En este sentido, preguntó "con qué criterio jurídico actúa la Fiscalía General del Estado cuando interpreta que el propio TC ha sido restrictivo porque había que darle solución a 150.000 ciudadanos vascos que tenían derecho a elegir un partido y sin embargo no se está haciendo nada desde la Fiscalía cuando se invalida la lista de un partido democrático, como es la del PA de Cortegana, por exceso de mujeres".

Así, denunció la "politización" del sistema judicial y el "consiguiente agravio a aquellos partidos democráticos que concurrimos a las elecciones". De esta forma reaccionó la dirigente del PA ante la decisión del TC de inadmitir el recurso de amparo del PA contra la decisión de la Junta Electoral de Aracena (Huelva) tras rechazar la candidatura del PA a la Alcaldía de Cortegana por un defecto de forma, que, además, fue recurrido y desestimado por la vía de lo Contencioso-Administrativo.

Agudo apuntó que el secretario de la Junta Electoral de Zona de Aracena "no intervino diligentemente", ya que "no advirtió al representante de la candidatura del PA en Cortegana de que los cambios realizados no eran posibles, posibilitando como funcionario el cumplimiento del derecho constitucional recogido en el artículo 23".

PIDE QUE LA LEY ELECTORAL SE APLIQUE POR IGUAL

Asimismo, la vicesecretaria general del PA destacó que en 14 municipios de la provincia de Jaén, las candidaturas de PSOE e IU incumplen la paridad recogida por la Ley Electoral y pueden concurrir a las elecciones ya que cuentan con el aval de la Junta Electoral, del Juzgado de lo Contencioso y del propio TC. Agudo señaló que la representante legal del PA ha denunciado "la arbitrariedad de las Juntas Electorales en la aplicación del artículo que asegura la paridad en las listas". "Los andalucistas exigimos que la Ley Electoral sea justa y se aplique a todos los partidos por igual, sin distinción", dijo Agudo.

Agudo llamó la atención sobre "las situaciones absurdas que están produciéndose en estos comicios con la aplicación de la paridad contemplada en la Ley de Igualdad. Sobre todo cuando, como en el caso del PA en Cortegana, no se admite la candidatura por un exceso de mujeres en la lista".

Para la vicesecretaria de los andalucistas, la lista presentada en Cortegana "cumple con el espíritu o finalidad de la Ley, que es hacer efectiva la posibilidad de incorporación de la mujer a los cargos electorales". Así, Agudo indicó que al impedir la lista del PA de Cortegana, se "tergiversa la finalidad perseguida por la Ley, que no era otra que dar posibilidad a las mujeres de ser elegibles imponiendo un mínimo, con lo que superar ese mínimo no debería ser reprochable".

La queja del PA ante el Defensor del Pueblo Andaluz recoge entre sus fundamentos jurídicos la arbitrariedad de las Juntas Electorales en la aplicación del artículo 44.bis de la Loreg; el que en otras ocasiones, ante recursos de amparo de otros partidos políticos, el TC permitió subsanar y que prevaleciera la justicia material; la lesión del derecho de sufragio activo de los ciudadanos y ciudadanas de Cortegana; el error inducido por la Administración Electoral y el deber de la Administración Electoral de colaboración con entidades políticas para la subsanación de irregularidades.

Asimismo, en el escrito presentado por los andalucistas, el PA hace referencia a "la infracción del artículo 23 de la Constitución; las irregularidades cometidas por la Junta Electoral de Aracena; la ruptura del principio de igualdad de los partidos políticos que concurren a las elecciones y el derecho de las mujeres a presentarse a las elecciones locales".

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