Instituto Cuatrecasas comparte el fin de retrasar la jubilación pero ve que tiene impacto "desproporcionado" en empresas

Actualizado: viernes, 16 noviembre 2012 18:20

SEVILLA, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Instituto Internacional Cuatrecasas ha celebrado este viernes una sesión de trabajo en Sevilla donde, entre otras cuestiones, apunta que "aun compartiendo la finalidad de retrasar la edad de jubilación de los trabajadores en España", se considera que ello tiene un impacto económico "desproporcionado" respecto a las empresas que tienen beneficios.

Según indica el Instituto en una nota, una de las cuestiones que ha sido objeto de debate en la sesión del Instituto Cuatrecasas se refiere a la aportación económica al Tesoro Público que han de realizar las empresas de más de 100 trabajadores que realicen despidos colectivos que incluyan a trabajadores de 50 o más años, y que hayan tenido beneficios durante los dos años anteriores, sobre lo que el Instituto ha reiterado que el retraso en la edad de jubilación tiene un impacto económico "desproporcionado" respecto a las empresas que tienen beneficios.

El Instituto Internacional Cuatrecasas de Estrategia Legal en Recursos Humanos ha celebrado en Sevilla una nueva sesión de trabajo, a la que han asistido representantes de destacadas empresas con presencia en Andalucía.

En el transcurso de este encuentro, que ha contado con la presencia de Salvador del Rey Guanter y Fernando Moreno Piñero, presidente y director, respectivamente, del Instituto Cuatrecasas, y de Eduardo Gonzalez Biedma, consejero del Área Laboral de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, Olivencia-Ballester, se ha analizado el nuevo Reglamento de Despidos Colectivos y su aplicación administrativa y jurisprudencial.

Al mismo tiempo han llevado a cabo un balance de las sentencias más significativas de los tribunales laborales aparecidas hasta el momento en materia de despidos. En esta ocasión, el Instituto ha contado con la presencia como ponente invitada de Ana Maria Orellana, magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Durante dicha sesión se ha puesto de manifiesto que uno de los principales cambios introducidos por la reforma laboral ha sido la desaparición de la autorización administrativa en los despidos colectivos, y el paso a la jurisdicción social de las competencias sobre estos asuntos, hasta ahora radicada en la jurisdicción contencioso administrativa.

En opinión de los expertos laboralistas, "la nueva regulación en el ámbito de los despidos colectivos ha reforzado especialmente el procedimiento de consulta previo al despido colectivo, poniendo el acento en los aspectos formales de su desarrollo hasta el punto de convertirlos en determinantes de la procedencia o no del despido".

Respecto a la interpretación de los tribunales de la nueva normativa de despidos colectivos desde la entrada en vigor de la reforma, Orellana hizo un recorrido por algunos de los pronunciamientos más relevantes dictados hasta el momento.

En opinión de los máximos responsables del Instituto Cuatrecasas algunos de estos pronunciamientos han generado cierta "inquietud" en el ámbito empresarial, "no sólo porque la mayoría son desfavorables a la empresa sino porque podrían estar acentuando la importancia de aspectos secundarios a la extinción colectiva y generando una cierta inseguridad respecto al avance que la normativa reformada supone respecto a la configuración de las causas del despido".