Junta valorará la prestación de servicios como interino en el concurso de méritos "por prevalencia de derecho de la UE"

Martínez Aguayo lamenta que algunos sindicatos efectúan un "excesivo uso" de los recursos judiciales y que "su 'leit motiv' es recurrir"

La consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguayo
EUROPA PRESS
Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 29 noviembre 2011 19:01

SEVILLA, 29 Nov. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguayo, aseguró que el "absoluto respeto a la aplicación del derecho emanado de la Unión Europea" obliga a la administración andaluza a "valorar y computar como antigüedad, desde ahora, y concretamente en los concursos de méritos de personal funcionario actualmente en tramitación, los servicios prestados como personal interino", toda vez que, según asegura, "el derecho de la UE prevalece sobre el derecho interno".

La consejera ha asegurado en comisión parlamentaria que la Junta "ha informado en todo momento a las organizaciones sindicales sobre esta incidencia", tras lo que ha resaltado que la Junta "no ha tardado mucho en tomar una decisión".

Martínez Aguayo se ha mostrado convencida de que ciertos sindicatos van a recurrir la decisión de rebaremación toda vez que "algunos sindicatos efectúan un excesivo uso de los recursos judiciales y su 'leit motiv' es recurrir".

En su intervención en comisión parlamentaria, la consejera explicó que, desde el año 2002, los procedimientos de los concursos de méritos para el personal funcionario de la Junta de Andalucía se encuentran regulados en el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional.

Ha explicado que en 2004, se modificó este Reglamento para computar, a efectos de valoración de la antigüedad, los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera, "fruto de la negociación colectiva con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de la Función Pública", indicó Martínez Aguayo.

"Desde finales de 2004, y estando ya vigente la Directiva Europea 1999/70/CE, la Administración andaluza asumió que, a los efectos de antigüedad, no debían discriminarse aquellos servicios desempeñados en la condición de interino", afirmó.

Sin embargo, esta modificación fue revocada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en 2006, declarada firme por el Tribunal Supremo en 2009, por entender que vulneraba los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Según Aguayo, lo que hizo la Administración fue, como no podía ser de otra forma, "acatar y ejecutar la orden judicial, aplicando desde ese momento, en la tramitación de sus procesos de provisión por concurso o promoción, el criterio de no valorar como mérito los servicios previos como personal interino".

Recordó, no obstante, que durante todo este tiempo ha estado vigente la Directiva Europea 1999/70 del Consejo de la Unión Europea, donde se recoge que los criterios de antigüedad deben ser los mismos para los trabajadores con contrato de duración determinada que para los trabajadores fijos. "Por aplicación de esta Directiva los funcionarios interinos perciben íntegramente los trienios que le correspondan por su antigüedad", recordó Aguayo.

Finalmente, el pasado 8 de septiembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia que, en base a su interpretación de la Directiva 1999/70/CE en el ámbito de la función pública, considera que debe excluirse toda diferencia de trato entre los funcionarios de carrera y los funcionarios interinos en el ordenamiento jurídico de cada Estado miembro.

La consejera ha indicado que ante estas decisiones judiciales "heterogéneas e incluso contradictorias" sobre la cuestión, emanadas de los órganos judiciales internos y del propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la consejera explicó que hubo que solicitar informe al gabinete jurídico de la Junta, quien efectuó un "análisis pormenorizado sobre la aplicación de diversas sentencias para establecer cuales es el camino más adecuado".

EL INFORME

Según dicho informe, del que resaltó la "complejidad técnica y jurídica" y su elaboración "con pulcritud jurídica absoluta", las administraciones públicas "tienen obligación de aplicar el Derecho Comunitario, e incluso abstenerse de aplicar derecho interno si este fuera contrario al anterior".

Asimismo, entiende contrario al derecho comunitario el actual baremo referido al mérito de la antigüedad por no valorar el tiempo de prestación de servicio como personal interino, y que procedería incorporar la doctrina del Tribunal Europeo al actual concurso de traslados.

Por todo ello, la consejera dijo que "se valorarán desde ahora, y concretamente en los concursos de méritos de personal funcionario actualmente convocados y en tramitación, los servicios reconocidos como funcionario interino que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera".

En ese sentido, el pasado viernes 25 se publicaron en el BOJA las resoluciones que revocaban de oficio la parte del concurso de méritos afectada por la sentencia, y abrían un nuevo plazo de 15 días para que los participantes puedan autobaremarse en el mérito de la antigüedad los servicios prestados como personal funcionario interino, concluyó la consejera, quien ha expresado su "escrupuloso respeto y acatamiento a la decisión de los tribunales de Justicia".

"Hay un escrupuloso respeto de la normativa interna y de la normativa de la UE, pero el informe del gabinete jurídico determina la prevalencia del derecho de la UE", ha aseverado la consejera, quien ha resaltado que "se ha ganado en seguridad jurídica y disminuido en litigiosidad", tras lo que asevera que el informe jurídico "permite poder resolver la convocatoria aplicando la normativa y preservar los derechos".

CRÍTICAS DEL PP

El diputado del PP Jorge Ramos ha lamentado dicha incidencia, que considera que "posiblemente no acabará aquí y el problema continuará" y que son una muestra de "la situación de caos y parálisis de la administración autonómica".

Ramos ha lamentado la "confrontación con sindicatos de función pública", que denota "la ausencia de un modelo de eficacia o eficiencia de la administración autonómica y eso es preocupante".

Para el diputado popular, esta situación "consagra una situación de inseguridad jurídica y la grave incertidumbre que sigue existiendo en este camino, donde algunos sindicatos de funcionarios creen que hay una vulneración de derechos fundamentales y que va en contra de la estabilidad de una administración autonómica".

Ramos considera asimismo que la Junta "establece de forma diáfana que es de aplicación la sentencia de la UE, que se debe aplicar a todos los concursos, pero en un concurso de méritos y traslados de Justicia no se cambió, por lo que hay que clarificar".

Por su parte, el diputado de IU Ignacio García cree que esta situación generada "debe servir de lección para evitar este tipo de tensiones y apuramiento de plazos", aunque ha valorado que "bien está lo que bien acaba, se ha reconocido el problema y se ha resuelto".

No obstante, García ha lamentado "tanto tiempo y tanto esfuerzo perdido" así como el hecho de que la Junta andaluza "haya sido la última comunidad autónoma en aplicar la doctrina de la UE".

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