Montero reconoce que la sentencia sobre la píldora postcoital es una "papeleta" que tendrá que resolver con alternativas

Europa Press Andalucía
Actualizado: lunes, 19 febrero 2007 15:27

SEVILLA 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Salud, María Jesús Montero, reconoció hoy que la sentencia del TSJA sobre la píldora postocital, que avala el derecho de los farmacéuticos a no dispensar la conocida como 'píldora del día después' alegando motivos de objeción de conciencia, "es una papeleta que tendrá que resolver la Administración buscando fórmulas alternativas o novedosas" para salvar también el derecho de los usuarios a obtener este fármaco.

La titular del ramo, quien dijo "respetar las decisiones de los tribunales", alegó por contra a Europa Press que "también es importante" que su departamento "garantice" que los productos que son recomendados por el mismo "lleguen hasta el último rincón de Andalucía".

"Desde luego --esta sentencia-- conllevará una reflexión por parte de la Administración sanitaria, en el sentido de que un usuario de un municipio en el que sólo exista una oficina de farmacia no puede tener dificultado su acceso a este tipo de producto por el hecho, legítimo, de que haga uso de su objeción", valoró Montero, quien calificó esta necesidad de "fundamental" y "más allá de la objeción de conciencia que los profesionales de farmacia pueden realizar".

Al hilo de ello, reconoció que el respeto de ambos derechos "es una papeleta que tendrá que resolver la Administración, buscando fórmulas alternativas o novedosas que permitan que aunque se haga objeción de conciencia en aquel municipio donde solo existe una oficina de farmacia o donde las diferentes oficinas pudiesen acogerse a ese derecho de la objeción ello no suponga que se dificulte el acceso por parte de los ciudadanos a estos productos que son recomendados por la Consejería de Salud".

Una sentencia emitida el pasado 8 de enero en la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido el derecho de los farmacéuticos a no dispensar la conocida como 'píldora del día después' alegando motivos de objeción de conciencia, si bien obliga, por contra, a que las oficinas de farmacia tengan este medicamento en sus almacenes.

Según establece la sentencia en sus fundamentos de derecho, a la que ha tenido acceso Europa Press, el artículo 28 del Código de Ética Farmacéutica establece que la responsabilidad y libertad personal del farmacéutico "le faculta para ejercer su derecho de objeción de conciencia, respetando la libertad y el derecho a la vida y la salud del paciente".

Además, sostiene que el artículo 33 del mismo Código Ético compromete a la Organización Colegial "a la defensa de quienes hayan decidido declararse objetores"

Pese a ello, dicha resolución no invalida la Orden de la Consejería de Salud de 1 de junio de 2001 --publicada el 2 de junio en el BOJA-- por la que se regulan las existencia mínimas de medicamentos y productos sanitarios en las oficinas de farmacia y almacenes farmacéuticos, entre los que se incluyen los progestágenos --píldora del día después-- y los preservativos.

De esta forma, la sentencia obliga a que las farmacias dispongan obligatoriamente de estos fármacos, si bien deja la puerta abierta a que cualquier farmacéutico no la dispense en su establecimiento alegando "motivos de conciencia".

Al hilo de ello, el presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, el Manuel Arenas, señaló que estas cuestiones "son de índole más política que sanitaria", si bien afirmó, en declaraciones a Europa Press, que en su opinión "los farmacéuticos deberían de dispensar cualquier producto, incluida la píldora del día después, siempre que viene prescrita por un médico".

Con todo, quiso dejar claro que, a su juicio, "este tipo de fármacos no debería incluirse en el catálogo cerrado de productos de obligada existencia en el almacén", toda vez que criticó que en los centros de planificación familiar "se esté dando de forma tan somera la píldora postcoital".

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