Publicada en el BOE la convocatoria de ayudas destinada a paliar los daños de los temporales del último invierno

Actualizado: lunes, 28 junio 2010 23:47

SEVILLA, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, en el marco de la Ley sobre medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias comunidades autónomas, ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la convocatoria correspondiente a la solicitud de ayudas por diversos siniestros, según informó dicho ministerio en un comunicado.

La financiación de estas ayudas se efectuará a cargo de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (Enesa), siendo el importe máximo total de 9,3 millones de euros. Para determinar la subvención que corresponde a cada solicitante, se aplicarán los siguientes criterios; para las producciones incluidas en el sistema de seguros agrarios, serán las establecidas para cada línea de seguro, para los daños producidos sobre las instalaciones de riego, tutores y mallas anti granizo, se valorarán los costes de reposición de dichos sistemas y para la determinación de las indemnizaciones, se valorarán las pérdidas sobre la producción real esperada en la campaña.

En cuanto a las pérdidas de producción registradas, éstas deben ser superiores al 30 por ciento de la producción normal de la explotación y para establecer la cuantía de la subvención que debe corresponder a cada asegurado se aplicará una franquicia absoluta del 20 por ciento y una cobertura máxima del 80 por ciento de los daños ocasionados.

La orden publicada en el BOE sobre esta convocatoria de ayudas indica que en los casos que proceda, se tendrá en cuenta la producción recolectada y se deducirán los daños garantizados por la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras, S.A.

Por último, el MARM coordinará con las comunidades autónomas la aplicación de lo previsto en la orden, con objeto de establecer los criterios a utilizar para la coordinación de estas ayudas con las que pudiera establecerse por éstas. Igualmente, el MARM comunicará a las comunidades el resultado de las valoraciones efectuadas y la cuantía de las ayudas concedidas.

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la orden. Asimismo, los términos municipales y núcleos de población afectados a los que son de aplicación las ayudas contempladas en la orden figuran en el anexo del real Decreto de 19 de marzo, que se publicó el 23 de marzo de 2010.