El TS sanciona a una juez de Úbeda que investigó a un tendero por no querer cambiarle un perfume

Fachada del Tribunal Supremo
EP
Actualizado: lunes, 14 marzo 2011 13:13

MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la suspensión impuesta por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a la que fuera titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Úbeda (Jaén) María Dolores Barragán por abuso de su condición de juez, ya que abrió diligencias al dueño de un establecimiento que no quiso cambiarle un perfume.

De este modo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal mantiene la suspensión de Barragán durante un año, la prohibición de concursar por el mismo tiempo y su traslado otro juzgado distante a más de cien kilómetros de Úbeda "por inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre causa para ello".

Los hechos sucedieron cuando la juez compró un perfume en un establecimiento y, tras entender que "no ofrecía la fragancia que esperaba" mandó a su empleada doméstica a que lo devolviera y recuperara el importe, que eran 49,95 euros. El vendedor no accedió a su petición argumentando que había usado ya el frasco.

La juez, que en esos momentos estaba de guardia, abrió diligencias contra la tienda por un presunto delito contra la propiedad industrial y ordenó una entrada y registro de los dos locales propiedad de este comerciante, aduciendo que en él se vendían perfumes falsificados.

El dueño de la tienda, pese a que devolvió a la juez el importe del perfume, llegó a ser citado como imputado ante el juzgado, si bien las diligencias fueron finalmente archivadas. El fiscal de Úbeda puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía provincial que, a su vez, lo remitió a la Fiscalía del TSJA y esta al Consejo General del Poder Judicial.

Se da la circunstancia de que esta misma juez estuvo imputada junto a su marido en un procedimiento judicial por estafa y alzamiento de bienes. Supuestamente, ambos acordaron un plan para evitar el pago de una deuda que una empresa regentada por el marido había contraído presuntamente con otra sociedad.

QUISO DAR UN ESCARMIENTO

La juez Barragán recurrió su sanción ante el Tribunal Supremo, que en su sentencia confirma la sanción impuesta aduciendo que la finalidad perseguida por Barragán al incoar diligencias contra el establecimiento "no era perseguir un delito, sino crear una situación que forzara la voluntad del dueño a acceder a la devolución, o dar un escarmiento por haber osado no acceder a sus deseos".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Nicolás Maurandi, concluye además que el Consejo actuó con proporcionalidad en este caso "buscando un equilibrio entre los hechos imputados y la responsabilidad exigida, ponderando a estos efectos especialmente que no se causó perjuicio irreparable, la trascendencia y repercusión social que tuvieron los hechos y la no concurrencia de circunstancias agravantes o atenuantes".