El TSJA confirma la absolución de dos nietos acusados de falsedad documental en un caso de 1,32 millones de herencia

Archivo - Fachada del TSJA, en Granada.
Archivo - Fachada del TSJA, en Granada. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: miércoles, 8 octubre 2025 11:14

GRANADA 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado este miércoles la absolución de dos mietos acusados de falsedad documental y estafa procesal en un caso relacionado con una herencia de 1,32 millones de euros. El tribunal andaluz ha desestimado así la apelación interpuesta por la acusación particular y, por tanto, ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que absolvió en 2023 a los acusados al considerar que no existía evidencia de que hubieran falsificado documentos ni que tuvieran conocimiento de su posible falsedad.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos se remontan al año 2006, cuando el abuelo de la familia pactó con su hijo la venta de 1.410 participaciones de una sociedad limitada por 1.410.000 euros, aplazando 1.320.000 euros para pagar en 15 años.

Posteriormente, en el año 2007, se generó un documento que indicaba falsamente que la deuda ya estaba saldada, sin que los acusados, entonces menores de edad, tuvieran conocimiento del mismo.

Tras la muerte del vendedor en 2014, el abuelo reclamó la inclusión de la deuda pendiente en la herencia de sus nietos, quienes aportaron el documento falso al expediente notarial, negando la deuda.

En este sentido, la Audiencia de Sevilla absolvió entonces a los implicados, dado que consideró que no existían pruebas suficientes de que hubieran falsificado el documento ni que tuvieran conocimiento de su falsedad, y que su edad en el momento de los hechos hacía improbable que entendieran el alcance del negocio.

Posteriormente, la acusación interpuso un recurso de apelación en el que solicitaba que se anulara la sentencia absolutoria, argumentando falta de competencia del tribunal y errores en la valoración de las pruebas, y pedía que el caso se revisara o se celebrara un nuevo juicio ante un tribunal distinto.

En su análisis de la apelación, el TSJA ha tenido en cuenta tanto los aspectos formales como el fondo del caso y ha concluido que la competencia del tribunal de Sevilla estaba correctamente establecida y que la valoración de las pruebas realizada por la Audiencia no fue "irracional ni arbitraria", por lo que no existían motivos que permitiesen anular la sentencia absolutoria.

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