Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla - Joaquin Corchero - Europa Press - Archivo
SEVILLA 14 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Sevilla, que condena a un varón a siete años de cárcel como pena principal, por un delito de homicidio en grado de tentativa cometido al asestar varias puñaladas a otro hombre en el barrio hispalense de Torreblanca.
En una sentencia emitida el pasado 6 de mayo y difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA, el Alto tribunal andaluz aborda un recurso de apelación de un varón, contra una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia que le condena a siete años de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa, con la atenuante de drogadicción.
En concreto, la Sección Primera de la Audiencia declaró probado que la tarde del 30 de julio de 2023, Antonio M.N., con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, y Manuel G.M., también con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, mantuvieron" con un tercero identificado como V.F.J. "una discusión en la esquina de la Plaza del Platanero con la calle Ciruelo", en el barrio hispalense de Torreblanca; y "cuando este último se dio la vuelta para marcharse"; Antonio M.N. "sacó un cuchillo que llevaba escondido y con la intención de acabar con su vida, le asestó una primera puñalada en la espalda a la que siguieron otras, también en la parte posterior del tórax, siendo en total cinco las heridas causadas en hemitórax derecho y tres en hemitórax izquierdo".
GRAVES HERIDAS
Fruto de ello, V.F.J. sufrió "un neumotórax a tensión izquierdo, un hemotórax severo derecho y una herida que le atravesaba el lóbulo inferior derecho pulmonar, que hubieran podido provocar su muerte de no haberse producido una inmediata asistencia médica y quirúrgica".
La Audiencia también declaró probado que "en el momento de cometer los hechos, Antonio M.N. era consumidor de sustancias estupefacientes de larga evolución y aun siendo consciente de lo que hacía, tenía afectadas por esta circunstancia sus facultades volitivas"; toda vez que "si bien Manuel G.M. se encontraba en el lugar de los hechos, no consta su intervención en las puñaladas que asestó Antonio M.N.".
En su recurso de apelación ante el TSJA contra esta condena de la Audiencia, la defensa del inculpado alegaba entre otros aspectos que Antonio M.N. hubiese cometido la agresión, planteando que "pudo también haber sido su acompañante", Manuel G.M., que resultó absuelto por falta de pruebas; si bien el tribunal desestima por completo su recurso, al considerar acreditado que la víctima "recibió varias puñaladas a las que sobrevivió, identificó como autor a Antonio, este reconoció haber estado allí y haber agredido a V.F.J. solo que sin cuchillo, y no hay prueba de que nadie más interviniera en el enfrentamiento".
EL PROPIO TESTIMONIO DEL ACUSADO
Y es que según avisa el TSJA, Antonio M.N. "reconoció haber estado en el momento y lugar de los hechos e incluso que le dio 'un par de palos', es decir, que agredió a V.F.J., ofreciendo una versión calificada con acierto por la sentencia apelada como inverosímil, consistente en que fue la víctima quien 'sacó la tijera' y probablemente se la clavaría a sí mismo".
"Ello hace absolutamente razonable la conclusión de que fue Antonio quien intentó matar a la víctima. Existe prueba suficiente y ha sido raqzonablemente valorada", zanja el TSJA, que confirma plenamente la sentencia condenatoria de la Audiencia.