Actualizado 17/12/2013 22:16

Las revisiones de algunos ascensores bajan hasta un 30% al año

SEVILLA, 19 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El número de revisiones de algunos tipos de ascensores se ha reducido hasta un 30 por ciento al año, con el consiguiente ahorro que esto podría implicar para las comunidades de propietarios, aunque también habrá un control más estricto y mayores exigencias, mayor endurecimiento en el tratamiento de los defectos, según ha indicado la directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, María José Asensio.

   Asensio ha inaugurado este martes unas jornadas técnicas organizadas conjuntamente por este organismo y por la Agencia Andaluza de Defensa de la Competencia (ADCA) --ambos adscritos a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo-- con el propósito de "analizar las exigencias que la nueva instrucción técnica estatal introduce para el mantenimiento de ascensores, así como los derechos que asisten a ciudadanos y operadores económicos en un mercado de libre competencia".

   En este sentido, Asensio ha señalado que la entrada en vigor de la nueva instrucción, aprobada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y vigente desde mediados de mayo, ha introducido importantes novedades, que fueron desgranadas por Ignacio Cáceres, jefe del servicio de Industria de la Junta de Andalucía. En primer lugar, su ámbito de aplicación --y por consiguiente la obligatoriedad de ser registrados administrativamente, mantenidos e inspeccionados-- también se hace extensivo a ascensores de velocidad reducida, tales como plataformas elevadoras o elevadores unifamiliares.

   Por otra parte, la obligatoriedad de pasar revisión mensual en los ascensores instalados en edificios de apartamentos para uso residencial con hasta seis paradas, y en los instalados en edificios públicos con hasta cuatro --en ambos casos con menos de veinte años de antigüedad--, se transforma en obligatoriedad de revisión cada seis semanas. En la práctica, supone una reducción en el número de revisiones de mantenimiento preventivo anuales de hasta un 30 por ciento, con el consiguiente ahorro que esto podría implicar para las comunidades de propietarios.

   Sin embargo, la Junta apunta que "también habrá un control más estricto y mayores exigencias".

   Los fallos detectados se estructuran en tres grupos, esto es, leves, graves o muy graves. Con la nueva ordenación, los defectos graves adquieren la consideración de muy graves si no se solventan en seis meses, y esta catalogación implicaría la paralización inmediata del ascensor.

   Por tanto en un aspecto concreto se suaviza la norma, mientras que en otro se torna más exigente. "Es importante que los vecinos y comunidades de propietarios tengan esto muy presente: un ascensor mal conservado puede quedar fuera de servicio, pese a las molestias que esto originaría para todo usuario; pero la seguridad es el valor de referencia", señaló María José Asensio.

   La nueva instrucción técnica también introduce la figura del conservador de ascensores --persona que realiza las tareas de mantenimiento--, estableciéndose las vías académicas y profesionales para el acceso a la profesión. Asimismo se establece un nuevo procedimiento para la evaluación de las modificaciones importantes que se efectúen en ascensores antiguos, similar al utilizado para la instalación de ascensores nuevos.

DENUNCIAS DE LOS CONSUMIDORES

   Por su parte la directora gerente de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA), María Victoria Román, hizo referencia al convenio suscrito en 2011 con las federaciones de consumidores Facua, Al Andalus y UCA-UCE, para establecer cauces de colaboración que fortalezcan, de un lado, la acción promocional de la Agencia, y de otro el correcto funcionamiento del mercado y la defensa de los intereses de los consumidores. Fruto de ese acuerdo han sido tres publicaciones, esto es, la guía básica denominada 'Reclamaciones por daños y perjuicios en materia de derecho de la competencia, primera de sus características que se edita en España'; la 'Guía de competencia para los consumidores andaluces'; y el documento 'Consejos para ahorrar en el mantenimiento del ascensor de su comunidad'.

   Tras exponer las herramientas que la ADCA ha puesto a disposición de los usuarios a través de su página web, entre ellos un formulario telemático de denuncia y la posibilidad de efectuar consultas 'on line', que son atendidas por un técnico especializado, Román aseguró que el conocimiento de sus derechos "permitiría a la ciudadanía reducir considerablemente el coste anual de mantenimiento de los ascensores, sin que se produzca una merma de la seguridad o la calidad del servicio".

   Esta afirmación permite "poner de manifiesto el desconocimiento que aún existe en el seno de la ciudadanía sobre los derechos que le asisten en materia de libre competencia". "Si tenemos en cuenta que el precio medio de mantenimiento de un ascensor puede suponerle a una comunidad de propietarios alrededor de 1.000 euros anuales, y que en Andalucía tenemos censados en torno a 150.000 ascensores, resulta fácil imaginar el volumen de dinero que la ciudadanía podría ahorrar con la simple defensa de sus derechos", aclaró Román.

   Actualmente el negocio de la fabricación y mantenimiento de ascensores mueve en España unos 3.000 millones de euros anuales; sin embargo, el 70% de esta partida proviene de la conservación de las unidades, que también incluye su mantenimiento y reparación. "Es fácil imaginar, con estos datos, que cualquier incidencia en la normativa ejercerá a su vez un notable impacto económico", añadió María José Asensio.

   Por su parte, el director del departamento de Estudios, Análisis de Mercados y Promoción de la Competencia en la ADCA, Félix Riscos, centró su intervención en la descripción de un mercado donde existe una fuerte tendencia a efectuar tareas de mantenimiento por parte de las propias empresas instaladoras, esto es, el principio de 'quien instala, mantiene', generándose "una débil presión competitiva y la consiguiente alteración de precios".

   Ha indicado que en las construcciones de obra nueva, por ejemplo, resulta altamente probable que la comunidad de propietarios recién constituida desconozca sus derechos y opte por subrogar el contrato de mantenimiento firmado por el constructor. "Muchas veces existe un temor de fondo a perder la garantía del ascensor si su mantenimiento se efectúa por parte de una empresa distinta", manifestó Riscos.

   También se expuso la importancia de "flexibilizar cláusulas en los contratos de mantenimiento, de acuerdo con los principios de la libre competencia, entre ellas, las cláusulas de penalización por rescisión anticipada, la larga duración de los contratos suscritos, la exigencia de amplios periodos de preaviso para rescindirlos".  

   Finalmente, los intervinientes analizaron la alteración que origina en el mercado el hecho de que determinados fabricantes usen piezas únicas, de manera que sólo haciéndose ellos mismos cargo del mantenimiento del ascensor tendrá el usuario garantizado el suministro de las mismas y, por consiguiente, su mantenimiento adecuado.

   Por último, aludiéndose a una publicación informativa realizada por la ADCA en colaboración con las federaciones de consumidores Al Andalus, Facua y UCA-UCE, se enumeraron una serie de mitos que "merece la pena derrumbar, en beneficio del ahorro y la calidad del servicio", como el hecho de que "no es cierto que sólo el fabricante del ascensor pueda encargarse de su mantenimiento, ni tampoco que la garantía pueda perderse si no lo conserva o repara el fabricante, ni es verdad que en pisos de obra nueva haya que subrogarse al contrato firmado previamente por el promotor".