Se amplía a cuatro las zonas donde se permite la suelta de perros las 24 horas

Zona para perros en el Parque del Agua de Zaragoza
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Actualizado: lunes, 22 diciembre 2014 13:59

ZARAGOZA, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Zaragoza ha ampliado a cuatro las zonas en las que se permite la suelta de perros durante las 24 horas sin necesitar de correa alguna, que se localizan en el parque de los Cineastas (Actur), a la ribera del Huerva (Puente de los Gitanos), al parque del Agua (soto de ribera) y al futuro parque del Barranco (Torrero)

El parque de Torrero, que se incluye a estas zonas de suelta de perros las 24 horas, va a tomar el nombre de Parque del Barranco puesto que se encuentra en la adecuación a zona verde que se realizó en el llamado Barranco de la muerte, justo detrás del cementerio municipal.

Estas zonas exigen unas normas de comportamiento por parte de las personas y sus perros. Así, el propietario del animal será responsable de su comportamiento, por lo que obligatoriamente será el encargado de retirar las deyecciones de los perros y depositarlas en los lugares indicados.

Respecto a perros peligrosos, en las zonas acotadas y valladas se exige que vayan provistos de bozal pero no está permitido soltarlos en las zonas no cerradas.

El decreto de 27 de junio de 2013 recuerda la existencia de otras normas aplicables a la suelta de perros como que "los perros no podrán entrar en las zonas de juegos infantiles, ni podrán penetrar en las fuentes ni estanques o pisar el césped ornamental y las plantaciones de flores y plantas ornamentales" o que los animales tampoco deberán estar sueltos en las zonas de mayores, pistas deportivas, huertos y otros equipamientos específicos.

MÁS DE 120 ZONAS HABILITADAS EN HORARIO CONCRETO

Además de estas cuatro zonas de suelta de 24 horas, el Ayuntamiento de Zaragoza tiene habilitadas 126 zonas donde se permite soltar a los perros, en un horario concreto y con unas normas de comportamiento.

El horario para la suelta de perros (que no sean potencialmente peligrosos) es el determinado en el artículo 19.3 de la Ordenanza: del 1 de mayo a 31 de octubre será desde las 21.00 horas a las 9.00 horas del día siguiente, y del 1 de noviembre al 30 de abril, será de 20.00 horas a 9.00 horas del día siguiente.

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