Casi 400 municipios aragoneses, en alerta roja por peligro de incendios forestales este martes

Nivel de alerta de peligro de incendios forestales en Aragón.
Nivel de alerta de peligro de incendios forestales en Aragón. - GOBIERNO DE ARAGÓN
Europa Press Aragón
Publicado: martes, 28 julio 2026 13:16

ZARAGOZA 28 Jul. (EUROPA PRESS) -

Casi 400 municipios aragoneses se encuentran este martes en alerta roja por peligro de incendios forestales. Los términos municipales en alerta roja se reparten entre las tres provincias aragonesas, según el mapa de riesgos que elabora diariamente la Dirección General de Gestión Forestal.

Las 18 zonas son Bajo Ebro Forestal, Gúdar, Javalambre, Jiloca-Gallocanta, Maestrazgo, Mijares, Muela de Alcubierre, Muela de Valmadrid, Muela de Zuera. Pirineo Oriental, Prepirineo Central, Prepirineo Occidental, Prepirineo Oriental, Rodeno, Somontano Occidental, Somontano Oriental, Somontano Sur y Turia.El Nivel de Alerta de Peligro de Incendios Forestales (NAPIF) recoge cada día el listado de municipios que están en cada tipo de alerta, con las consecuencias que implica para prevenir incendios forestales.

El Gobierno de Aragón recuerda que la Alerta Roja por Peligro de Incendios Forestales implica prohibiciones y limitaciones, con el fin de extremar la prevención y evitar la generación de incendios.

Se prohíbe encender fuego en espacios abiertos; se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos; no se puede encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. Tampoco se puede arrojar o abandonar objetos en combustión.

Quedan suspendidas las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.

En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas Con excepción, exclusivamente en este nivel de alerta, de los siguientes casos. El uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12.00 y las 18.00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023, y las labores de cosecha y empacado de cereal.

En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben hacerse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14.00 y 18.00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.

Otras de las excepciones son la utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior, y las actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.

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