Constituída la Junta Consultiva de la Reserva de Caza de Las Masías de Ejulve-Maestrazgo

Actualizado: jueves, 26 abril 2007 21:05

TERUEL, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Junta Consultiva de la Reserva de Caza Las Masias de Ejulve-Maestrago se constituyó hoy. Es un órgano con el que se garantiza la participación social en la gestión de la Reserva de Caza, aprobada en mayo de 2006 y que se extiende por 3.980 hectáreas de las Comarcas de Andorra-Sierra de Arcos y el Maestrazgo, en los términos municipales de Ejulve y Villarluengo.

En la reunión se ha presentado también el Plan Técnico de la Reserva y la propuesta de Plan Anual de Caza para la temporada 2007/08, que fija las directrices para su gestión y aprovechamiento cinegético.

El órgano creado hoy, tal y como se contempla en el decreto de declaración de la Reserva, están representadas las dos comarcas que cuentan con terrenos incluidos en este espacio, ayuntamientos, cotos colindantes, Federación Aragonesa de Caza, propietarios privados de los terrenos incluidos en la Reserva, sociedades de cazadores, organizaciones agrarias y conservacionistas.

De este modo, la Reserva da una amplia representación a los distintos sectores sociales de la zona para contribuir a la gestión de este espacio, que pretende servir para promover el desarrollo de la zona con una gestión novedosa de la cabra montés. Esta gestión contribuirá a promover, conservar y fomentar la especie y además, el proyecto incluye como novedad, proyectos de educación ambiental, investigación, divulgación y turismo ambiental, gracias a la rehabilitación de las Masías de Ejulve, propiedad del Gobierno de Aragón, y que se encuentran en fase de rehabilitación.

En el acto de constitución de la Junta Consultiva, se ha presentado el Plan Técnico de la Reserva y la propuesta de Plan Anual de Caza para la temporada 2007/08. Se trata de los documentos que fijan las directrices para su gestión y aprovechamiento cinegético, así como para la promoción, conservación y fomento de las especies cinegéticas. Los planes anuales de aprovechamiento tomarán como marco este plan técnico. En estos planes anuales figurarán, para cada especie de caza y según las modalidades, las épocas hábiles de caza, el número máximo de ejemplares que se podrá cazar en cada temporada y su distribución por clase de cazadores, precios, limitaciones cinegéticas especiales aplicables.

El plan presentado incluye la normativa para la caza mayor de cabra montés y jabalí así como de caza menor. Para la cabra montés se marca la modalidad de caza de rececho, en el periodo hábil del primer domingo de octubre de 2007 hasta 31 de mayo de 2008. El cupo anual es de 24 ejemplares: tres de trofeo para los que se adjudicarán tres permisos, 16 en selectiva ordinaria para los que se adjudicaran 16 permisos y cinco en selectiva de machos para los que se adjudicarán cinco permisos. La duración de los permisos de selectiva de machos es de dos días de duración. Los cupos de rececho son de una pieza por permiso de trofeo, una pieza por permiso en selectiva de machos y dos piezas por permiso de selectiva ordinario.

Para la caza del jabalí, se marca la modalidad de batida, en un periodo que se extiende del primer domingo de octubre de 2007 hasta cuarto domingo de febrero de 2008. No existe cupo y la distribución permisos de batida será determinada por la Dirección Técnica de la reserva. La duración de los permisos de batida es de un día.

En cuanto a caza menor, se autoriza la caza de las especies consideradas como de caza menor en el Plan General de Caza para la temporada 2007-2008. Las modalidades para la caza menor serán al salto o en mano con escopeta y un máximo de dos perros por cazador. El Servicio Provincial de Medio Ambiente establecerá la regulación en cuanto al número de cazadores por día hábil. El cupo en temporada ordinaria es de tres piezas por cazador y día; en media veda: diez piezas por cazador y día pudiendo estar integrado este cupo por codornices, tórtolas y palomas torcaces.

RÉGIMEN ESPECIAL

Los cazadores locales y los socios pertenecientes a Sociedades gestoras de los cotos que se integren en la Reserva de Caza y que reúnan un mínimo de dos años de pertenencia a la misma, así como los hijos no emancipados de los mismos, disfrutarán de diversos derechos. En primer lugar, podrán obtener una tarjeta que les habilite para el ejercicio de la caza menor en temporada ordinaria y media veda en las modalidades contempladas en el plan anual, así como la participación en la caza del jabalí en batidas, todo ello en el término municipal en que se hallen inscritos.

Asimismo, dispondrán de un cupo específico de capturas de cabra montés en las modalidades de trofeo, selectiva de machos y selectiva ordinaria. Por último, serán beneficiarios de descuentos en las cuotas de entrada y complementarias por el ejercicio de la caza de cabra montés. El precio de tarjeta de temporada para locales es de 30 euros en concepto de cuota de entrada. A los cazadores locales no se les imputa cuota complementaria por caza menor.

NORMAS PARA LA CAZA

En el documento se recogen las normas para las diferentes modalidades de caza permitidas. Para la caza de rececho podrán autorizarse rifles de cerrojo o semiautomáticos con calibre superior a 6 mm. y con mira telescópica. Para la realización de batidas al jabalí y la cacería menor el horario es desde las 7 horas hasta las 17. En ninguno de los dos casos se autoriza el uso de armas semiautomáticas cuyo cargador contenga más de dos cartuchos y queda prohibida la tenencia de postas así como su utilización. Además, quedan terminantemente prohibidos los acompañantes en los puestos de caza, pudiendo entrar en el monte únicamente aquellas personas expresamente autorizadas para ejercer la caza por la Dirección Técnica de la Reserva y los Agentes de Protección de la Naturaleza presentes en la batida.

Todos los cazadores al aceptar el permiso quedan obligados a atender todas las indicaciones y órdenes de los Celadores o Agentes de Protección de la Naturaleza, cuyas decisiones son inapelables. En todas las modalidades, los cazadores quedan obligados a someter a control biológico sus piezas de caza, que consistirá en la toma de medidas y de muestras de cada una de ellas.

La condición de cazador local o autonómico será acreditada mediante certificado de vecindad expedido por el ayuntamiento correspondiente. El plan recoge además el importe de los permisos, con cuotas de entrada y cuotas complementarias dependiendo del tipo de cazador (nacional y comunitario, autónomo, propietario y local) así como el valor en euros de los trofeos (cabra, jabalí y caza menor). El plazo general de admisión de solicitudes comenzará con carácter general el día 15 de septiembre y finalizará el 30 de noviembre. El plazo de solicitudes para la temporada 2007-2008, comenzará el día 15 de julio y finalizará el 30 de agosto.