Archivo - Vista de un colegio electoral en Málaga, a 9 de junio de 2024, en Málaga (Andalucía, España). - Rocío Ruz - Europa Press - Archivo
ZARAGOZA 7 Feb. (EUROPA PRESS) -
Este domingo, 8 de febrero, Aragón celebra elecciones a las Cortes autonómicas, una cita clave para miles de ciudadanos llamados a votar en los distintos colegios electorales repartidos por la comunidad.
Como ocurre en todos los procesos electorales regulados por la normativa estatal y autonómica, el horario de apertura y cierre de los colegios está fijado de antemano y es el mismo para todo el territorio, con independencia del municipio o del tamaño del colegio electoral.
¿A QUÉ HORA ABREN LOS COLEGIOS ELECTORALES EN ARAGÓN?
Los colegios electorales abren a las 9:00 horas y mantienen un horario continuo de votación hasta su cierre.
Desde ese momento, los ciudadanos pueden acceder al local que les corresponda según su censo y emitir su voto en la mesa asignada. La apertura se produce de forma simultánea en toda la comunidad autónoma.
¿SE PUEDE VOTAR ANTES DE LAS 9:00?
No. La votación no puede comenzar antes de las 9:00 horas, ya que ese es el horario oficial fijado por la legislación electoral. Antes de esa hora, las mesas electorales se constituyen y comprueban que todo el material esté correcto, pero no se permite el acceso de votantes.
¿QUÉ PASA SI A LAS 9:00 TODAVÍA NO ESTÁ CONSTITUIDA LA MESA?
Si por alguna causa excepcional una mesa no pudiera constituirse a las 9:00, se espera el tiempo legal establecido para completar la mesa con suplentes o electores presentes. En cualquier caso, la votación comenzará en cuanto la mesa quede formalmente constituida.
¿A QUÉ HORA CONVIENE IR A VOTAR?
Aunque se puede votar durante toda la jornada, muchos electores optan por acudir a primera hora de la mañana para evitar esperas. Las franjas de mayor afluencia suelen concentrarse a media mañana y a primera hora de la tarde.
¿DÓNDE PUEDO CONSULTAR MI COLEGIO ELECTORAL?
El colegio electoral asignado se puede consultar en la tarjeta censal recibida en casa o a través de los canales oficiales habilitados por la Administración electoral, introduciendo los datos personales del elector.