Ocho zonas aragonesas, en alerta roja por peligro de incendios forestales este domingo

La alerta es naranja en el resto de la Comunidad, según el mapa de riesgos diario de la Dirección General de Gestión Forestal

Nivel de Alerta por Peligro de Incendios Forestales (NAPIF)
Nivel de Alerta por Peligro de Incendios Forestales (NAPIF) - INFOAR
Europa Press Aragón
Publicado: domingo, 26 julio 2026 11:14

ZARAGOZA, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -

Ocho zonas aragonesas siguen este domingo en alerta roja por peligro de incendios forestales, según indica la Dirección General de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón. Estas ocho zonas en alerta roja son las del Bajo Ebro Forestal, Muelas del Ebro-Alcubierre, Somontano Occidental, Somontano Oriental, Valle del Ebro Agrícola, Muelas del Ebro-Valmadrid, Muelas del Ebro-Zuera y Prepirineo Oriental. Estas zonas abarcan territorios de una veintena de comarcas.

La alerta es naranja en el resto del territorio aragonés, según se detalla en el Nivel de Alerta por Peligro de Incendios Forestales (NAPIF), publicado a diario en la web del Gobierno de Aragón. En ese espacio web se avanzan las previsiones para los dos próximos días: el lunes todo Aragón aparece cubierto de naranja excepto la zona central de la comarca de Gúdar-Javalambre, en nivel rojo, y el martes el rojo dominará casi todo el mapa en línea con el ascenso térmico.

El NAPIF recoge cada día el listado de municipios que están en alerta roja, con las consiguientes restricciones que marca la normativa para prevenir incendios forestales.

QUÉ NO SE PUEDE HACER BAJO UNA ALERTA ROJA

El Gobierno de Aragón recuerda que la Alerta Roja por Peligro de Incendios Forestales implica las siguientes prohibiciones y limitaciones, con el fin de extremar la prevención y evitar la generación de incendios.

En primer lugar, encender fuego en espacios abiertos. Se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos. Tampoco se permite encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. Además, está prohibido arrojar o abandonar objetos en combustión.

La Alerta Roja comporta igualmente la suspensión de las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.

En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas.

Como excepciones figuran el uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12.00 horas y las 18.00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.

Las labores de cosecha y empacado de cereal. En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14.00 horas y 18.00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.

La utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior.

Y, por último, actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.

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