El director general de Planificación Agraria, Marcos Da Rocha, presenta a las organizaciones agrarias el nuevo baremo de indemnizaciones por daños de fauna silvestre. - GOBIERNO DE ASTURIAS
OVIEDO, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Medio Rural y Política Agraria ha aprobado una actualización del baremo de indemnizaciones por los daños producidos por fauna silvestre en la agricultura y la ganadería en Asturias. El nuevo baremo, que se publicará la próxima semana en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, incluye la unificación de criterios para fijar la indemnización por lucro cesante ante la muerte de animales por daños de fauna salvaje, así como mayores valoraciones por daños.
El director general de Planificación Agraria del Gobierno asturiano, Marcos Da Rocha, ha atendido a los medios momentos antes de iniciar una reunión con las organizaciones agrarias para presentar el nuevo baremo. Allí, ha explicado que el nuevo texto introduce mejoras en la valoración económica de los daños, mantiene las bonificaciones por medidas preventivas y concreta criterios técnicos.
Da Rocha ha explicado que el objetivo del Gobierno de Asturias es adaptar el sistema de indemnizaciones a la realidad actual del sector agrario y garantizar una compensación más ajustada a los daños reales, al tiempo que se incentivan las prácticas preventivas y se mejora la eficiencia en la gestión de los expedientes. También ha resaltado que el nuevo baremo es fruto de un proceso de revisión técnica en coordinación con el sector, tras el que se han incorporado numerosas aportaciones y mejoras derivadas de la experiencia acumulada en su aplicación.
Da Rocha ha asegurado que estas aportaciones han contribuido a mejorar la propuesta inicial de la Consejería, logrando un baremo "más justo y adaptado a la situación actual del sector". Entre las propuestas aceptadas figuran el aumento de la edad de "desvieje" de diferentes especies, la aplicación de medidas preventivas contra daños o cuestiones relacionadas con la interpretación jurídica del actual baremo, que "garantiza una mejor interpretación y una aplicación mejor de los criterios".
El director general ha explicado que, con estas incorporaciones, el documento ya es "definitivo". "Puede haber alguna cuestión que se pueda matizar, pero en líneas generales entiendo que este va a ser el documento definitivo", ha subrayado.
LAS MEDIDAS
La norma incorpora incrementos en los valores de referencia para las especies ganaderas, ajustes para distintos sectores productivos y una revisión de los criterios de cálculo del lucro cesante y las bonificaciones asociadas a la calidad diferenciada, la producción ecológica y a las medidas de autoprotección.
Así, en el caso del ganado bovino, se han incrementado los valores de referencia entre el 2% y el 27%, en función del sexo, edad y morfotipo productivo. Se incluye además una nueva categoría en terneros de 0 a 6 meses de morfotipo lácteo y se ajusta su valoración a la realidad productiva del sector.
En el caso del ovino y caprino, se revisan los grupos de edad para adaptarlos a los sistemas de identificación obligatoria. Por su parte, en el del porcino se incluyen ajustes de valoración ligados a la evolución del mercado.
El baremo también refuerza la coherencia del sistema de indemnización, al unificar criterios previamente aplicados de forma parcial, como la extensión de determinadas reglas de lucro cesante a todas las especies, o la eliminación de interpretaciones dispares en algunos supuestos de edad y producción.
Igualmente, se consolidan las bonificaciones por pertenencia a libros genealógicos, con incrementos del 10%, que pueden alcanzar el 20% en el caso de razas autóctonas.
Asimismo, se mantiene el incentivo del 10% adicional para explotaciones inscritas en figuras de calidad diferenciada (denominaciones e indicaciones geográficas protegidas) y para aquellas que desarrollan producción ecológica certificada conforme a la normativa europea.
Respecto a la adopción de medidas preventivas y de autoprotección frente a la fauna silvestre, las bonificaciones se mantienen en un incremento del 10% del valor de tasación vinculada a la implantación efectiva de medidas recogidas en el baremo.
Además, la actualización introduce cambios orientados a mejorar la seguridad jurídica del procedimiento. Para ello, clarifica conceptos como lucro cesante, medidas preventivas y criterios de valoración técnica. Al mismo tiempo, se eliminan ambigüedades detectadas en la aplicación del baremo anterior y se precisan los supuestos en los que procede la aplicación de bonificaciones o su exclusión.