El tribunal no aprecia ensañamiento pese a las 19 puñaladas recibidas por la víctima
GIJÓN/OVIEDO, 29 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón ha condenado a J.A.L.L. A 18 de prisión, al considerarle culpable de asesinato con alevosía del dueño del pub gijonés Carvi. El procesado, de acuerdo a la sentencia judicial, asesinó a Juan Carlos Roces Gómez, el 4 de marzo de 2010, de 19 puñaladas, aunque el tribunal ha expresado que no concurre la agravante de ensañamiento, al no apreciarse un ánimo en el proceso de querer infringir un mayor sufrimiento.
Además de la pena de cárcel, se le aplica la inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena, así como al pago de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares. Igualmente, deberá indemnizar a la que era compañera sentimental de la víctima en la suma de 110.000 euros y al hermano del hostelero en 50.000 euros.
La condena coincide prácticamente con lo solicitado por la Fiscalía, a excepción de las indemnización, que el tribunal aumenta en el caso de la pareja sentimental y rebaja en la del hermano. En sus conclusiones finales, el Ministerio Público había solicitado 50.000 y 60.000 euros, respectivamente.
La acusación particular que representaba a la pareja sentimental de la víctima, por su parte, había pedido 20 años de prisión y una indemnización de 120.000 euros, mientras que el hermano, había añadido el calificativo de ensañamiento y pedía 22 años de cárcel, así como ser indemnizado en 90.000 euros. Por parte de la defensa, el abogado ha apelado a la inocencia de su cliente y pedía su libre absolución. Finalmente, el jurado consideró culpable al acusado de la muerte del hostelero gijonés.
De acuerdo al relato de hechos, sobre las 9.20 horas del 4 de marzo de 2010 el acusado entró en la Cervecería Carvi, en donde estuvo tomando unas consumiciones en compañía del dueño del local, dos camareros y otros clientes que se encontraban en el bar, que abandonó sobre las 10.30 horas.
No obstante, hora y media más tarde volvió al local, que encontraba cerrado al público y en cuyo interior estaba solo su dueño, el cual le abrió tras picarle en la puerta. Una vez dentro, y tras tomar algunas consumiciones en compañía del hostelero y realizar varias llamadas a prostitutas desde el teléfono fijo del bar y de su propio teléfono móvil, se marchó de nuevo para recargar su móvil en un kiosco cercano.
Una vez de vuelta en el local, y sin que conste el motivo, el acusado cogió un arma blanca de aproximadamente 12 centímetros de largo por 2,5 de ancho de hoja, y, de forma inesperada por la víctima, se lo clavó con "gran fuerza" cuando este se encontraba sentado de espaldas en la barra del bar, por lo que no tuvo posibilidad de defenderse.
El procesado llegó a asestarle 19 puñaladas, que le provocaron a la víctima una muerte de manera inmediata por un shock hipovolémico, como consecuencia de las múltiples heridas originadas por el acusado con el arma blanca.
La sentencia también señala como el acusado, tras abandonar el local, se dirigió a su domicilio a comer con sus padres, mientras que al día siguiente adquirió un billete aéreo con destino a Tenerife, donde permaneció hasta el 24 de junio de 2010, lugar en el que fue detenido por la policía, e ingresado en prisión provisional en donde permaneció a la espera de juicio.
En el fallo se destaca especialmente la forma "sorpresiva y traicionera" en que se materializó la agresión, al atacar a la víctima por la espalda, como lo prueba que no se encontraran señales de lucha o defensa. Los forenses también detectaron que el fallecido había consumido alcohol y droga en cantidad importante, por lo que, de acuerdo a la sentencia, sin duda conocía el agresor, pues no en vano había estado en su compañía tomando consumiciones.
"MENTIRAS REITERADAS"
Respecto a las pruebas en las que se basa la Audiencia, figuran las continuas contradicciones en las declaraciones del acusado respecto a lo que hizo y donde estuvo en la mañana de los hechos. "Se trata de mentiras reiteradas, manifestaciones increíbles, presididas por la única intención de evitar a toda costa que se le ubique en el bar Carvi a la hora en que sucedieron los hechos", se remarca, a lo que se añaden los "silencios", que para el tribunal son "una forma de mentira porque algo tienen que ocultar".
También se ha tenido en cuenta las declaraciones de la madre y la hermana del acusado, que contradicen su versión sobre la hora a la que llegó a casa, y que este trate por todos los medios de que todas las personas de su entorno personal y familiar guarden absoluto silencio. Además, las antenas de teléfono lo sitúan en la zona de los hechos y a la hora del crimen.
En el fallo se destaca, asimismo, que el procesado es una persona "con un carácter violento, con un pronto muy explosivo", sobre todo cuando no tiene dinero y está bajo los efectos de la cocaína. En este caso, el acusado había tomado cocaína y alcohol la noche anterior al crimen, y al menos alcohol la mañana de este en el mismo bar Carvi. Además, no tenía dinero pues no en vano se hizo con la tarjeta de crédito de una mujer y la propia víctima le tuvo que dar dinero para comprar cocaína para los dos.
Fruto de la investigación, se comprobó también que desapareció del bar un cuchillo con el mango amarillo y que las huellas dactilares del acusado aparecen en el vaso de sidra situado en la barra al lado del que estaba tomando la víctima. En el establecimiento aparecieron además los cajones revueltos y en la caja registradora, no había billetes, algo que según los camareros no era normal. Incluso el fallecido fue cacheado, como lo demuestra que fue encontrado con un bolsillo del pantalón sacado hacia afuera.
En cuanto al acusado, tampoco es cierto que hubiera ido a Canarias a trabajar para una empresa de asfaltos como dijo a la policía, ya que "se pasaba el día en la playa, chateando, o con su novia, siguiendo con su misma vida de siempre de adicción al alcohol, sexo y consumo de drogas, tabaco y taxis", para lo que no tenia capacidad económica. Pese a no tener trabajo, alquiló una vivienda, compró un ordenador "y paradójicamente ya no necesitó dinero", se recalca.