La Fiscalía pide multas para tres acusados de extraer 42 kilos percebe en Castropol sin autorización

Percebes requisados por la Guardia Civil.
Percebes requisados por la Guardia Civil. - GUARDIA CIVIL. - Archivo
Europa Press Asturias
Publicado: martes, 2 febrero 2021 14:01


OVIEDO, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de tres acusados de extraer 42 kilos percebe en Castropol sin autorización y fuera del periodo hábil de captura. La vista oral está señalada para este miércoles, 3 de febrero, en el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés, a las 11.05 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 02.00 horas del día 9 de marzo de 2019, los acusados, "de común acuerdo y a sabiendas de que no pertenecían a la Cofradía de Pescadores y de que no disponían de autorización para realizar la actividad de marisqueo", acudieron a la localización conocida como 'Los Penedos Blancos', de Castropol, y comenzaron a extraer percebes.

Los hechos fueron observados por varios agentes de Inspección y Vigilancia Pesquera de la Dirección General de Pesca Marítima, que dieron aviso a la Guardia Civil. Los agentes detuvieron los acusados, que tenían en su poder varios trajes de neopreno y bistronzas, y tres sacos de percebes, con un peso de 42 kilos, que habían extraído y escondido en el lugar.

Conforme a la Resolución de 24/09/18 de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, que regula la campaña 2018/2019 de extracción del percebe y aprueba los planes de explotación, los percebes de 'Los Penedos Blancos' están ubicados dentro del Plan de Gestión de Percebe de Tapia/Figueres y están en zona de veda parcial con regulación específica, en la que el período hábil de captura solo abarcaba del 10 de diciembre de 2018 al 4 de enero de 2019, por lo que la fecha de los hechos estaba dentro de período inhábil.

La captura ha producido un grave daño a la sostenibilidad del recurso del percebe, al haberse realizado en zona sometida a veda y en período inhábil. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la flora y la fauna d el artículo 335.2 y 4 del Código Penal.

Concurre la circunstancia agravante de reincidencia en uno de los acusados, para quien el Ministerio Fiscal solicita una multa de 3.600 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como 3 años de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a la caza, pesca o actividades de marisqueo.

Para cada uno de los otros dos acusados, una multa de 3.150 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como 2 años y 6 meses de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a la caza, pesca o actividades de marisqueo.

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