OVIEDO 3 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Principado de Asturias, Sección Territorial de Avilés, solicita penas que suman 15 años y 9 meses de prisión para un procesado por intentar matar a su pareja en Gozón en abril de 2020, el mismo día en que el Juzgado le impuso una orden de alejamiento.
La vista oral está señalada este viernes, 4 de febrero de 2022, en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10.00 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene que el procesado mantuvo una relación sentimental la víctima desde el año 2002, con un hijo en común. Desde el comienzo de la misma dio muestras de un comportamiento violento con su compañera sentimental y se dirigía a ella con expresiones como "hija de puta", "eres una puta mierda", "no vales para nada", "eres una puta", "estás loca", o "quién cojones te crees".
Siempre según el escrito del fiscal, el procesado controlaba y limitaba las relaciones de la mujer con terceros y con sus familiares, con el objetivo de mantenerla aislada y bajo su dominio. Además, imponía su voluntad y criterio, no solo en las decisiones que afectaban al núcleo familiar sino también en el plano profesional y económico, en relación al negocio que regentaban en Gozón.
Añade el Ministerio Público que el carácter de la mujer se fue transformando paulatinamente en los últimos años, haciéndose más introvertida y menos social. Su vida se redujo a trabajar y sus únicas salidas eran en compañía del procesado.
Como consecuencia de la situación de conflictividad que vivía la pareja, la mujer presentó problemas de ansiedad que requirieron apoyo psicológico y farmacológico. La víctima se habría planteado en reiteradas ocasiones romper la relación sentimental con el procesado, si bien desistió por las continuas amenazas de perder la custodia del menor.
En agosto de 2019, en el domicilio familiar, el procesado quería mantener relaciones sexuales y, ante la negativa de ella, la cogió por el cuello y la tiró contra el colchón, aplastándole la cabeza y apretándole los brazos con fuerza, ocasionándole hematomas.
El relato del fiscal prosigue relatando que el 8 de marzo de 2020 se inició una discusión en el domicilio familiar en presencia del hijo de la pareja, después de que el procesado le pidiera el móvil a ella y la mujer se negara a entregárselo. El procesado la tiró contra la cama y le aplastó la cabeza contra el colchón, causándole varios hematomas.
Por fin, el 12 de marzo, la mujer interpuso denuncia, dictándose al día siguiente una orden de protección integral, que se acordó imponer cautelarmente al procesado la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros a la mujer, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, así como la prohibición de comunicar con ella por cualquier medio. El auto le fue notificado y requerido ese mismo día, con advertencia de las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
Sin embargo, el procesado, a pesar de tener conocimiento de las medidas impuestas, los días 28 y 29 de marzo de 2020 efectuó varias llamadas al móvil de la víctima mediante la aplicación Whatsapp y los días 9 y 16 de abril de 2020 se puso en contacto con su hijo para que tratase de convencer a su madre para que hablase con él, llegando a ponerse en contacto con ella.
El día 25 de abril de 2020, hacia las 04.25 horas, la mujer recibió una llamada del procesado, a la que no respondió. A las 04.27 recibió una nueva llamada desde un número oculto, a la que tampoco respondió. A las 04:40 horas, el procesado llamó al timbre de la vivienda familiar en la que se encontraba ella, pidiéndole que le abriese porque se encontraba mal y que había tomado pastillas. La mujer no abrió.
Por auto de 25 de abril de 2020 del Juzgado de Instrucción n 5 de Avilés se le impuso al procesado, junto con las prohibiciones de aproximación y comunicación vigentes, la de acudir o residir en el mismo lugar. Fue notificado y requerido en ese momento con advertencia de las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
Ese mismo día, tras abandonar las dependencias del Juzgado, el procesado se dirigió hacia las 14.15 horas al negocio regentado por la mujer. Una vez allí se acercó a la víctima, iniciándose un forcejeo entre ambos, en el curso del cual el procesado cogió un cuchillo de sierra con longitud total de 32,5 centímetros y longitud de hoja de 19 centímetros con punta roma, que se encontraba en la parte interior del mostrador, y al tiempo que le decía "te mato, te mato" le propinó, con la intención de acabar con su vida , diversas cuchilladas , algunas de las cuales podrían haber sido potencialmente mortales de haberse producido con arma blanca de punta.
Como consecuencia de ello, la mujer sufrió diversas lesiones físicas además de ansiedad reactiva. En los meses posteriores fue diagnosticada de "síndrome de maltrato, trastorno adaptativo con alteración emocional".
En ese momento un hombre, tras haber visto a la mujer salir corriendo de su negocio pidiendo ayuda, entró en el establecimiento, saltó por encima del mostrador y agarró al procesado por la espalda, intentando quitarle el cuchillo. A continuación, tiró el cuchillo al suelo y se dirigió a su vehículo, que había dejado estacionado en el exterior del local.
El procesado fue detenido en la localidad de Lorenzana, Lugo, decretando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n 1 de Mondoñedo su ingreso en prisión comunicada y sin fianza por auto de 26 de abril de 2020. Hacia las 18.10 horas, el procesado llamó desde la prisión de Bonxe (Lugo) al teléfono del domicilio de la madre de la víctima en dos ocasiones.
Tras los hechos narrados, el fiscal considera que el acusado es culpable de varios delitos de maltrato habitual, de quebrantamientos de medida cautelar y de homicidio en grado de tentativa. Añade la agravante de parentesco y desprecio de género. Así, pide 15 años y nueve meses de prisión.