GIJÓN, 24 May. (EUROPA PRESS) -
El juzgado de lo social número 1 de Gijón condenó a Mina la Camocha a abonar 350.000 euros a 108 prejubilados por el impago del complemento de sueldo correspondiente al año 2003. Un colectivo de unos 150 prejubilados de Mina La Camocha se reunió esta mañana en asamblea en el edificio sindical de Gijón para conocer las últimas sentencias contrarias a la empresa. Según informó a Europa Press el abogado que representa al colectivo minero, Juan Sánchez de la Cruz, hay otras 33 sentencias favorables de diciembre de 2005 por el mismo concepto y que fueron recurridas ya por la empresas.
Los prejubilados están preparando una nueva demanda respecto al impago del complemento que la empresa había acordado para 2005, según el portavoz de los mineros Eladio Fernández Zapico, quien mostró su disposición a llegar a un acuerdo. "Ésto debía arreglarse política y sindicalmente, no con demandas año a año", manifestó a Europa Press al término de la asamblea.
El acto de conciliación para reclamar el complemento de 2004 se celebró el 16 de mayo en la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC) de Gijón. Al no haber acuerdo, está previsto que en las próximas fechas se presenten las correspondientes demandas individuales por parte de 150 trabajadores. El dinero reclamado asciende a un total de 642.754, 15 euros.
Las demandas hacen referencia a los acuerdos alcanzados con los sindicatos, al igual que se hizo con HUNOSA y Minas Figaredo, por los que la Administración pagaría a los trabajadores el 78 % del salario y la empresa el 22 % restante, es decir el complemento de la prejubilación. Fernández Zapico explicó que el complemento correspondiente al periodo 1998-2001 y que afectaba a 475 trabajadores ascendió a 300 millones de pesetas (1.803.036 euros).
La empresa recurrió el año pasado al Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) también 108 sentencias ganadas en 2005 que obligaban a Mina La Camocha a hacer frente a las cantidades correspondientes a 2002, fecha a partir de la cual la empresa dejó de pagar. Sin embargo, el gabinete jurídico de Inés Álvarez Álvarez, Jorge Murall de Pablos y el citado Juan Sánchez de la Cruz, que representa a los prejubilados, impugnó el recurso.
LA EMPRESA ALEGA NO TENER BENEFICIO
Según refleja las últimas sentencias, la empresa alega "prescripción y caducidad" porque el acto de conciliación se celebró en julio de 2005 y la cantidad reclamada era de 2003. No obstante, el juez estipula que al ser una mejora voluntaria de la Seguridad Social, el plazo se amplía a los 5 años, por lo que no estaría prescrito. Respecto al segundo supuesto, constata que la caducidad es de un año, pero a partir del momento en que se presenten las cuentas anuales de resultados.
Otra de las razones de Mina La Camocha que el juez no admitió es que la empresa no pagó porque no tenía beneficio. En 1999 tuvo un saldo negativo de 73.293 euros, pese a lo que pagó el complemento. También lo hizo en 1998 a pesar de tener un saldo positivo de 1.785 euros -insuficiente para el pago de las cantidades adeudadas a los trabajadores- y en 2003 de algo más de 42.000 euros. Debido a ello, el juez consideró que el argumento "no se sostiene".
Además, la empresa minera hizo constar en sus alegaciones que el complemento sólo era para el periodo 1998-20001. El juez considera, sin embargo, que los trabajadores deberían recibir el dinero hasta la edad de jubilación. Tampoco aceptó el juez el hecho de que la compañía minera tenga recurridas al TSJA las primeras 108 sentencias del complemento de 2002.