La nueva resolución de Salud recomienda aumentar la frecuencia de horarios al máximo en el transporte público

Europa Press Asturias
Publicado: viernes, 11 junio 2021 10:45


OVIEDO, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

La nueva resolución de la Consejería de Salud publicada este jueves, día 10 de junio, recomienda entre las medidas frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 "aumentar la frecuencia de horarios al máximo en el transporte público para garantizar una ocupación lo más baja posible".

La resolución entra en vigor días después de la reducción de frecuencias en las líneas del 'centrobús', que opera de lunes a viernes entre Oviedo, Gijón y Avilés con paradas en diversos puntos de las citadas ciudades.

El pasado viernes, día 4 de junio, finalizó lo que desde el servicio se calificada como 'periodo lectivo + exámenes', y desde este lunes hasta el próximo 10 de septiembre las rutas se verán limitadas. Los horarios pueden consultarse a través de la web https://www.paradascentrobus.es/

Además, desde Salud se recomienda garantizar una adecuada ventilación y/o renovación del aire. Asimismo, se indica que en el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros, en los vehículos y embarcaciones que dispongan de asientos, podrá ocuparse la totalidad de los asientos; del mismo modo, se podrá ocupar la totalidad de plazas habilitadas para viajar de pie, procurando aplicar, cuando el nivel de ocupación lo permita, la máxima separación entre las personas usuarias.

"En todos los supuestos previstos en este apartado será* obligatorio el uso de mascarilla por todos los ocupantes de los vehículos, excepto en los recogidos en el número 2 cuando todos los ocupantes del vehículo convivan en el mismo domicilio y de acuerdo con las excepciones previstas en el artículo 6.2 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo. En los transportes en motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, cuando viajen dos ocupantes, deberán llevar mascarilla o casco integral cuando no convivan en el mismo domicilio", se añade en la resolución.

Asimismo, se apunta que en los transportes en motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría E, en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.

"En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluidos los conductores, podrán desplazarse tantas personas como plazas tenga el vehículo", se concreta, apuntando también que en los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluidos los conductores, "podrán desplazarse tantas personas como plazas tenga el vehículo ocupando en último lugar las plazas de la fila del conductor".

Del mismo modo se señala que "en los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas u otros, podrán ocuparse todas las plazas".

Respecto al acceso y permanencia en estaciones de transporte por carretera y cable, las estaciones de autobuses y de transporte por cable, cumplirán las siguientes condiciones: serán de aplicación las medidas de higiene y prevención; se dispondrán elementos de información y señalización que induzcan a uso y comportamiento adecuado en el interior de los vehículos, escaleras, pasillos, o paradas; se ordenarán los flujos de viajeros en las estaciones y en la subida y bajada autobús evitando, en lo posible, cruces; y cada operador de transporte será responsable de minimizar riesgos durante la fase de subida/bajada de viajeros al vehículo velando por que se cumplan las indicaciones anteriores.

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