Obligan a readmitir a una mujer a la que “coaccionaron” para firmar la baja

Actualizado: sábado, 21 marzo 2015 11:11

El Juzgado impone además una multa de 600 euros a la residencia de la Tercera Edad donde trabaja

GIJÓN, 21 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social de Mieres ha decretado el despido nulo de una trabajadora de una residencia de la Tercera Edad de La Felguera al considerar que firmó bajo la baja voluntaria "bajo coacción", tras una falsa acusación de robo.

Esta deberá ser readmitida de inmediato, mientras que la empresa está obligada a abonarle los salarios que dejó de percibir y a pagar una multa de 600 euros. Contra esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias,

De acuerdo al fallo judicial, la mujer, representada por la abogada Libertad González, llevaba empleada en la residencia desde febrero de 2008. El 18 de septiembre de 2014, la trabajadora fue llamada por el director de la residencia a su despacho, quien, acompañado del gerente del negocio, la acusaron de haber robado dinero a uno de los residentes.

Estos le dieron a elegir entre firmar la baja voluntaria o ser denunciada a la Policía, tras indicarle que la cámara de seguridad la había grabado entrando en la habitación. Pese a que ella negó los hechos y alegó que era normal, por el trabajo que desempeñaba, que entrara en la habitación de los residentes, la insistencia de sus jefes, que llegaron a hacer un amago de llamada a la Policía, la hizo ponerse nerviosa y tras venirse abajo moralmente, por lo que firmó la baja voluntaria.

A continuación, los tres fueron a un cuarto donde los empleados dejaban sus pertenencias y tras pedirle que les mostrara el bolso, uno de ellos le indicó que los cuatro billetes de diez euros que ella guardaba en una cartilla bancaria eran los que había robado. Ella volvió a negarlo y aseguró que el dinero era suyo, pero no la creyeron y le pidieron que abandonara la residencia.

Unas horas después, el director de la residencia acompañó a la supuesta víctima a poner la denuncia por el robo del dinero, si bien esta no se personó posteriormente en el Juzgado cuando fue citado. Por este motivo, el caso fue sobreseído.

Se da la circunstancia de que en el año 2014, antes de obligarla a firmar la baja voluntaria, la trabajadora estuvo de baja en dos ocasiones, entre el 6 de enero y el 10 de marzo, y del 7 de mayo al 1 de septiembre. En octubre de ese año fue diagnosticada de depresión reactiva y trastorno de inestabilidad emocional de la persona.

Asimismo, durante el juicio, el director de la residencia dijo que era posible que el residente al que supuestamente había robado padeciera de esquizofrenia. En la sentencia, además, el magistrado habla de "burda manipulación" de pruebas, al aportar la residencia solo la parte del vídeo en el que la trabajadora entraba en la habitación del residente, sin que se pudiera comprobar, a través de la totalidad de la grabación, quién más entró.

Frente a esta situación, y ante el sobreseimiento de la causa por robo contra la empleada de la residencia por la incomparecencia de la supuesta víctima, la sentencia recalca que "solo puede tomarse como digna de crédito la sostenida y coherente versión de la trabajadora". Es más, se incide en que la mujer no tuvo oportunidad de hacerse acompañar en aquella reunión y se afirma que la baja voluntaria fue fruto de "la coacción". De ahí que el despido se declare nulo.

También se pone de manifiesto la violación de la intimidad de la empleada, al registrarle sus pertenencias y al "cínico" pretexto usado por ambos hombres para impedir que otras trabajadores entraran en el cuarto, al argumentar que era para proteger su intimidad.

De hecho, se señala en la sentencia que lo lógico hubiera sido primero el registro, siempre cumpliendo los derechos de la trabajadora, y una vez tenida la prueba pedir la baja voluntaria y no al revés, salvo que tan solo se quisiera encontrar algún billete con el que sustentar la denuncia posterior.