El Principado limita a 100 las embarcaciones en el embalse de Tanes y prohíbe el uso de motores y el baño

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Europa Press Asturias
Publicado: martes, 10 febrero 2026 10:39

   OVIEDO, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -

   La Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias ha aprobado una resolución por la que se establecen las normas de utilización, funcionamiento y limitaciones para el uso lúdico, recreativo y deportivo de los embarcaderos y la navegación en el embalse de Tanes, en el concejo de Caso, dentro del Parque Natural de Redes.

   La resolución, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), fija un máximo de 100 embarcaciones autorizadas en el embalse, de las que solo podrán navegar de forma simultánea hasta 33, a las que se sumarán, para entrenamiento deportivo, un máximo de nueve embarcaciones dependientes de la Federación Asturiana de Piragüismo. De manera excepcional, en el caso de competiciones oficiales, se permitirá la presencia simultánea de hasta 80 embarcaciones.

   La normativa mantiene la prohibición de la navegación con motor eléctrico o de combustión, permitiendo únicamente embarcaciones sin motor no contaminantes, como las de remo, vela o pedales. El uso de embarcaciones a motor quedará restringido a labores de salvamento, protección civil, seguridad o mantenimiento de las infraestructuras.

   La resolución recuerda la prohibición total de la actividad de baño, incluida la modalidad deportiva de natación, tanto en el embalse de Tanes como en el de Rioseco

   Asimismo, establece la obligatoriedad de que todas las embarcaciones sean "cautivas", es decir, sin uso previo en otras masas de agua y sin posibilidad de salir y regresar posteriormente al embalse, con el objetivo de evitar la introducción de especies invasoras o contaminantes.

   El texto regula también el número y características de los dos embarcaderos existentes en las inmediaciones del núcleo de Tanes, así como la celebración de un máximo de ocho pruebas deportivas anuales, organizadas en colaboración con la Federación Asturiana de Piragüismo.

GESTIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

   La gestión y mantenimiento de las instalaciones corresponderá al Ayuntamiento de Caso, que deberá asumir la responsabilidad sobre la explotación y los posibles daños derivados de la actividad. La resolución tendrá una vigencia de cuatro años y pone fin a la vía administrativa.

   En cuanto a la protección de la fauna, se restringe la navegación durante todo el año en la desembocadura de los ríos Orlé y Caleao. No obstante, el Principado no ha establecido periodos de cierre por épocas de freza o desove al considerar que el impacto de la navegación en este ámbito es "nula".

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