La Sindicatura advierte a ayuntamientos que las primas y premios de jubilación para funcionarios carecen de fundamento

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Europa Press Asturias
Publicado: miércoles, 23 julio 2025 14:22

OVIEDO 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprueba el informe de fiscalización de regularidad sobre primas y premios de jubilación en ayuntamientos y su sector público dependiente, ejercicio 2022. En dicho informe el órgano fiscalizador establece que estos pagos previstos para el personal funcionario en los acuerdos reguladores de condiciones de trabajo carecen de fundamento legal, pues constituyen remuneraciones no previstas en la normativa aplicable y contravienen normas con rango de ley.

Según se recoge en el informe, de los 29 ayuntamientos que conforman el ámbito subjetivo de fiscalización, 25 disponían de regulación sobre primas y/o premios de jubilación y 4 no habían regulado ningún aspecto sobre la materia. Trece ayuntamientos abonaron este tipo de compensaciones económicas a sus empleados públicos en 2022, también lo hicieron dos de sus entidades dependientes.

Así, en total fueron 163 primas y/o premios de jubilación por importe de 723.596 euros. De estas, 123 las percibió personal funcionario (616.860 euros) y 40 personal laboral (106.736 euros).

Se recoge en las conclusiones del informe que aquellas entidades locales que dispongan de instrumentos reguladores de las condiciones de trabajo de los empleados públicos en los que se incluyen primas y/o premios de jubilación para funcionarios deberían regularizar la situación a través de las diferentes vías posibles, en función de las circunstancias concurrentes, con el fin de inaplicar y eliminar esas previsiones por resultar contrarias a derecho.

Las 123 primas y/o premios de jubilación abonados al personal funcionario durante el ejercicio 2022 corresponden a los ayuntamientos de Castrillón, Gijón, Langreo, Llanera, Oviedo, San Martín del Rey Aurelio y Siero. Incide el órgano fiscalizador en que estos ayuntamientos deberían iniciar el procedimiento para la revisión de los actos por los que se abonaron esos premios, pues adolecen de un vicio susceptible de provocar su anulación.

En cuanto a los premios y primas otorgadas a personal laboral, la Sindicatura establece que teniendo en cuenta la jurisprudencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo existente en el ejercicio fiscalizado y referida a jubilaciones producidas en años anteriores, la inclusión de previsiones sobre primas y/o premios de jubilación en los convenios del personal laboral de las entidades locales se considera conforme a derecho dada su naturaleza asistencial.

Sin embargo, su abono devendría inaplicable, al vulnerar una norma con rango de ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Las 40 primas y/o premios de jubilación abonados al personal laboral durante el ejercicio 2022 corresponden a los ayuntamientos de Avilés, Gijón/Xixón, Llanera, Mieres, Noreña, Oviedo, Piloña, Ribadesella, San Martín del Rey Aurelio y Valdés, y a las entidades dependientes Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Los Ayuntamientos de Avilés y Valdés los abonaron en ejecución de sentencias dictadas ante las demandas interpuestas por los trabajadores.

Añade el informe que a fecha de finalización del trabajo de campo no existía aún el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre las compensaciones económicas relativas a jubilaciones del personal laboral, por lo que la Sindicatura de Cuentas considera prudente aplazar su abono hasta que no exista doctrina jurisprudencial al respecto.

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