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OVIEDO 14 May. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado el recurso interpuesto por CCOO contra la resolución del Gobierno asturiano que aprobaba la estructura de la Oficina Judicial de los Tribunales de Instancia en diversos partidos judiciales de Asturias.
El tribunal ha declarado la nulidad de la medida, que afectaba a localidades como Cangas de Narcea, Cangas de Onís, Castropol, Grado, Laviana, Lena, Llanes, Piloña, Pravia, Siero, Tineo, Valdés y Villaviciosa. El fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo.
La parte demandante solicitaba la nulidad de la Resolución de 12 de mayo de 2025 de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, al considerar que su contenido afecta de forma directa a las condiciones de trabajo del personal funcionario.
Por su parte, la Letrada del Servicio Jurídico del Principado de Asturias defendía la legalidad de la resolución impugnada. La Administración ha alegado que se trata de una medida meramente organizativa que no requiere negociación, puesto que las futuras modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) derivadas de este plan sí serían negociadas en su momento.
La Sala ha concluido, tras analizar la normativa aplicable, que la resolución no se limita exclusivamente a aspectos organizativos, sino que tiene repercusiones reales sobre las condiciones laborales. Por este motivo, el tribunal ha determinado que la falta de negociación previa constituye una vulneración de derecho, lo que conlleva la nulidad de la estructura aprobada para los Tribunales de Instancia.
La sentencia, que resuelve la impugnación de varios artículos por vulnerar acuerdos previos de organización del trabajo, no ha impuesto el pago de costas procesales a ninguna de las partes. No obstante, el fallo judicial no es firme, ya que la resolución admite todavía la posibilidad de interponer un recurso de casación.