Educación abre el plazo para solicitar o modificar los conciertos educativos para el curso 2012-2013

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Europa Press Cantabria
Actualizado: martes, 10 enero 2012 10:05

SANTANDER 10 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha publicado la Orden por la que se dictan las normas sobre la modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2012/2013.

Dicha Orden establece que los centros docentes privados concertados, que deseen suscribir conciertos educativos o modificar los conciertos educativos suscritos, deberán presentar solicitud a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de veinte días hábiles contados a partir de este miércoles, día 11 de enero.

Según detalla la Orden, que recoge Europa Press, los centros autorizados de 2º ciclo de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria que en el curso 2011/2012 no accedieron al régimen de conciertos educativos, podrán solicitar el acceso al mismo para las unidades que tengan en funcionamiento, siempre que exista suficiente demanda de las familias y satisfaga necesidades de escolarización.

Igualmente, los centros autorizados de 2º ciclo de educación Infantil que cuenten con un desfase entre el número de unidades concertadas en este nivel y el número de líneas concertadas en el nivel de educación primaria, podrán solicitar el incremento para las unidades que tengan autorizadas a fin de igualar las líneas de ambos niveles educativos, siempre que exista suficiente demanda de las familias y satisfaga necesidades de escolarización.

En el caso de los centros privados de educación especial que soliciten acceder al régimen de conciertos en este nivel, se valorará que el número de alumnos se adecue a la Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 18 de septiembre de 1990 por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos de la atención educativa de los alumnos con necesidades educativas especiales.

La Orden también recoge que se podrá solicitar apoyo para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que esté incluidos en alguno de los grupos siguientes: alumnado con necesidades educativas especiales, alumnado con altas capacidades intelectuales o alumnado que requiera compensación de desigualdades en educación.

Este apoyo se ajustará a las modalidades siguientes: "Unidad de apoyo a la integración" o "Unidad de compensación de desigualdades en educación". Para la concesión de estas unidades se tomará en consideración el número total de alumnos y alumnas que presenten estas necesidades, determinadas en el informe psicopedagógico y que se encuentren escolarizados en el centro en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria.

Finalmente la Orden establece que los centros de formación profesional específica que soliciten la transformación de unidades concertadas requerirán la previa autorización de las enseñanzas para las que solicitan la transformación, la cual se producirá por el mismo número de unidades que el centro tuviera concertadas.

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