SANTANDER, 17 May. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria ha dictado las instrucciones para el desarrollo de la evaluación de diagnóstico de las competencias básicas para el año académico 2010/2011.
En concreto, se trata de las competencias básicas en 4º curso de Educación Primaria y 2º curso de Educación Secundaria obligatoria para el año académico 2010-2011, y serán de aplicación en todos los centros educativos que impartan las etapas de Educación Primaria o Educación Secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma.
Según establece la resolución, que recoge Europa Press, en el presente curso escolar se evaluarán las siguientes competencias básicas: competencia en comunicación lingüística en lengua castellana y en lengua inglesa, competencia matemática y competencia social y ciudadana.
La Consejería de Educación aplicará en todos los centros educativos la evaluación de diagnóstico a los alumnos de 4º curso de Educación Primaria y de 2º curso de Educación Secundaria obligatoria. Dicha evaluación se realizará en el mes de junio de 2011.
Para ello, la Consejería de Educación pondrá a disposición de los centros educativos una herramienta informática a la que se accederá a través del portal Educantabria (Acceso Servicios Web Educantabria-Evaluación). Así mismo, en el portal Educantabria (Planes -Evaluación) se podrá encontrar información divulgativa sobre la evaluación de diagnóstico.
El proceso de la evaluación de diagnóstico tendrá varias fases como la verificación de los listados de alumnos y comunicación de incidencias a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación; y la asignación de usuario y contraseña a los tutores de los grupos implicados en la evaluación de diagnóstico en la herramienta informática que pondrá la Consejería de Educación a disposición de los centros.
Igualmente se procederá a la selección de los aplicadores de la evaluación de diagnóstico entre el profesorado que no imparte docencia en los grupos evaluados; a la realización de la evaluación de contexto; aplicación de las pruebas de evaluación de diagnóstico en los centros educativos; corrección de las pruebas; tratamiento informático de los datos obtenidos en la aplicación de las pruebas y de los cuestionarios de contexto; difusión de los resultados de la evaluación a la comunidad educativa; y elaboración por parte de cada centro de los planes de actuación que se deriven de los resultados de la evaluación de diagnóstico.
CUADERNO DE EVALUACIÓN
La Consejería de Educación elaborará un cuaderno de evaluación por cada una de las competencias básicas evaluadas en cada uno de los cursos en los que se aplica la evaluación de diagnóstico, que enviará a los centros educativos entre el 30 de mayo y el 3 de junio de 2011.
Para la evaluación de la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana y en lengua inglesa, se enviarán los CDs necesarios para evaluar la comprensión oral de los alumnos. Cada grupo de alumnos dispondrá de dos CDs, uno para lengua inglesa y otro para lengua castellana.
El equipo directivo del centro educativo coordinará la aplicación de las pruebas, mientras la aplicación de las mismas correrá a cargo del profesorado del centro educativo que no imparta docencia en el grupo en el que se estén aplicando las mismas.
Las pruebas de evaluación de diagnóstico se realizarán los días 6 y 7 de junio de 2011 en 2º curso de Educación Secundaria obligatoria y los días 8 y 9 de junio de 2011 en 4º curso de Educación Primaria.
Aquellos alumnos que no puedan realizar la evaluación de diagnóstico en los plazos establecidos, la realizarán cuando se incorporen al centro, y en todo caso antes del 20 de junio, en las mismas condiciones que el resto de sus compañeros.
Al inicio del curso 2011-2012, los directores de los centros educativos tendrán a su disposición en la herramienta informática los informes de la evaluación.
Las familias podrán descargar directamente desde la herramienta de evaluación los informes individuales de sus hijos, mediante la clave asignada a éstos y que les será entregada previamente por el director del centro. En los casos en los que las familias no tengan acceso a los informes de sus hijos a través de medios informáticos, la dirección de cada centro educativo remitirá a estas dichos informes, guardando la debida confidencialidad.