Se adecua el fichero automatizado del registro de parejas de hecho al Reglamento de protección de datos

Pareja sentada
Reuters
Actualizado: jueves, 5 mayo 2011 11:03

También se concretan más los datos a incluir

SANTANDER, 5 May. (EUROPA PRESS) -

Este viernes, día 6 de abril, entrará oficialmente en vigor la Orden que modifica la del 9 de junio del año 2006 por la que se creó el fichero automatizado de datos de carácter personal del Registro de Parejas de Hecho de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y que adecúa el mismo al Reglamento de protección de datos, al tiempo que concreta más estos últimos.

En concreto, la nueva Orden, consultada por Europa Press, establece la finalidad y usos previstos del fichero de parejas de hecho en la comunidad autónoma, que es la gestión del Registro, así como el origen de los datos, colectivo de personas, procedimiento de recogida de los datos y procedencia.

Al respecto establece que las personas o colectivos afectados son aquellos que soliciten su inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que los datos procederán de las solicitudes de inscripción en el Registro.

En cuanto a la estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización, indica, respecto a la tipología, que se trata de datos identificativos.

Y en relación a los datos incluidos en el fichero son los relativos a la identidad de los solicitantes (nombre, apellidos y DNI); fecha de nacimiento; dirección y teléfono; estado civil; nacionalidad, y descendencia en caso de haberla.

La Orden también determina las comunicaciones de datos previstas, que serán a otros órganos administrativos al objeto de evitar supuestos de doble inscripción. En este sentido determina que no se prevén transferencias internacionales de datos.

Finalmente estipula que el órgano responsables del fichero será la Secretaría General de la Consejería de Empleo y Bienestar Social del Gobierno de Cantabria, órgano ante el cual podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación.

Por último determina que el nivel de seguridad de los datos contenidos en el fichero será "alto".

NECESIDAD DE LA MODIFICACIÓN

Según recuerda la Orden, el fichero automatizado de datos de carácter personal del Registro de Parejas de Hecho de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria fue creado mediante una Orden de 9 de junio del año 2006.

En el momento de la creación del fichero, el Registro de Parejas de Hecho de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria dependía de la Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos.

Sin embargo, y a través del Decreto de 12 de julio de 2007, se reorganizaron las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, asumiendo dicha Consejería nuevas competencias y cambiando su denominación por la de Consejería de Empleo y Bienestar Social.

A consecuencia de la nueva estructuración orgánica de la Consejería, y ante la eventualidad de que las competencias en materia de políticas de familia se asignaran a otro órgano directivo de la nueva Consejería más afín con el objeto de la competencia, y dado que, independientemente del órgano directivo al que correspondiera la competencia en materia de políticas de familia, se entendía que el Registro de Parejas de Hecho debía permanecer adscrito a la Secretaría General en función de su carácter netamente administrativo, se hizo necesario realizar las modificaciones normativas que garantizaran dicha permanencia y evitaran cualquier ambigüedad sobre la dependencia orgánica del Registro de Parejas de Hecho.

En consecuencia, mediante el Decreto de 28 de agosto de 2008 por el que se modificó el del 18 de mayo de 2006, por el que se regulaba la estructura y funcionamiento del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se asignaron específicamente a la Secretaría General de la Consejería competente en materia de políticas de familia la adscripción y funciones del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Por otra parte, se ha advertido la oportunidad de dar una nueva redacción al anexo de la Orden por la que se creó el fichero, especialmente en lo que respecta a la estructura básica del mismo, que adolece de una insuficiente determinación de los tipos de datos de carácter personal, de manera que dicho Anexo se ajuste con más precisión a las previsiones contenidas en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal, aprobado mediante decreto de 21 de diciembre de 2007, y por tanto, con posterioridad a la creación del fichero.

Por ello se ha procedido a modificar la Orden al objeto de reformar el fichero con el fin de adaptarlo convenientemente al citado Real Decreto de 2007, y a la nueva normativa reguladora del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria.