CANTABRIA.-Educación regula la evaluación psicopedagógica en el sistema educativo de Cantabria

Alumnos mayores apadrinan a otros menores para mejorar la lectura
COLEGIO SAGRADA FAMILIA
Actualizado: martes, 18 febrero 2014 9:33

SANTANDER, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha publicado este martes en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la orden que regula la evaluación psicopedagógica en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma, de aplicación a todas las enseñanzas excepto universitarias.

Educación explica que la atención educativa adecuada a las necesidades específicas del alumnado conlleva un proceso global y complejo, denominado evaluación psicopedagógica, que identifica y valora las necesidades de forma precisa, promueve el desarrollo personal, escolar y social, y orienta al profesorado y a la familia en su labor educativa.

La evaluación psicopedagógica contribuye a mejorar la atención a todo el alumnado y, consecuentemente, la calidad de la institución escolar, ya que identifica y trata de neutralizar aquellos elementos, situaciones y actuaciones que pueden agravar las posibles dificultades de aprendizaje, y refuerza las condiciones educativas que contribuyen a propiciar el progresoacadémico y el desarrollo personal y social de los alumnos.

Según la orden, consultada por Europa Press, se considera alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo a aquél que requiera, durante su escolaridad o parte de la misma, una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales asociadas a discapacidades físicas, psíquicas, senso- riales, o a graves trastornos de la personalidad o de la conducta; altas capacidades intelectuales; integración o incorporación tardía al sistema educativo español; dificultades específi cas de aprendizaje; o necesidades derivadas de las condiciones personales o de historia escolar.

Cuando en un alumno se observen dificultades significativas relacionadas con el rendimiento escolar o el desarrollo personal y social, el tutor, previa comunicación al jefe de estudios, presentará por escrito demanda razonada de evaluación psicopedagógica al especialista de orientación educativa.

La evaluación psicopedagógica deberá basarse en la interacción del alumno con los contenidos y materiales de aprendizaje, con el profesorado, los compañeros de aula y de centro, con el entorno social y con la familia.

Tendrá carácter participativo y colaborativo entre los distintos profesionales que integran las estructuras de Orientación y podrá incluir, además, información relevante de otros profesionales del ámbito sanitario y social que intervengan con los alumnos.

La evaluación psicopedagógica será necesaria para determinar si un alumno tiene necesidad específica de apoyo educativo, tanto al inicio como durante su escolarización; tomar decisiones relativas a la escolarización; y proponer, de forma extraordinaria, la flexibilización del periodo de escolarización en ciertos casos.

Igualmente se requerirá para otros supuestos como ajustar la repuesta educativa mediante adaptaciones curriculares significativas; proponer la incorporación a un programa de mejora de aprendizaje y del rendimiento, de formación profesional básica, en el supuesto excepcional de incorporación tras haber cursado el segundo curso de educación secundaria obligatoria, u otros programas específicos dirigidos a la prevención del abandono escolar y la exclusión social; y determinar los recursos y apoyos específicos o complementarios que, en el contexto escolar, el alumno pueda necesitar, entre otros.

El profesional responsable de realizar la evaluación psicopedagógica es el profesor de la especialidad de Orientación Educativa, que coordinará todo el proceso.

En el caso de los centros privados concertados, la evaluación del alumnado de educación infantil y primaria será competencia de las estructuras especializadas responsables de la orientación educativa que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte determine.

La evaluación psicopedagógica deberá recoger información del alumno (características de su desarrollo personal y social y, en su caso, aspectos médicos y psicológicos relevantes; historia escolar y educativa, competencia curricular, estilo de aprendizaje y necesidades educativas); del contexto escolar (análisis de los aspectos de la organización y de la intervención educativa que favorecen o dificultan el desarrollo del alumno, de las características de las relaciones que establece con los profesionales que lo atienden, con sus compañeros en el contexto del aula y del centro escolar); y del contexto familiar y social.

En este último se incluyen características de la familia y de su entorno; expectativas de los padres; descripción de la cooperación y comunicación con el centro educativo; análisis de las relaciones familiares y de las pautas educativas que se establecen en el ámbito familiar, inclusión social y recursos socioculturales que pueden complementar el desarrollo del alumno.