CANTABRIA.-Publicada la orden que regula el nuevo convenio especial de prestación sanitaria para no asegurados

Centro de salud Nueva Montaña
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 11 marzo 2014 13:16

SANTANDER, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha publicado este martes en el Boletín Oficial de Cantabria la Orden que regula la formalización del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de asegurados o beneficiarios del Sistema Nacional de Salud (SNS), un convenio ya previsto en la normativa estatal. La orden entrará en vigor este miércoles 12.

Este convenio especial permitirá a las personas que lo suscriban acceder a los servicios asistenciales del SNS mediante el pago de una contraprestación económica de 60 euros mensuales para los menores de 65 años y de 157 euros para los de 65 o más años, por lo que Cantabria se mantiene en el mínimo estatal, según informó la consejera de Sanidad y Servicios Sociales, María José Sáenz de Buruaga.

Se trata de una nueva vía de acceso al sistema sanitario público, especialmente dirigida a los españoles que no trabajen pero cuenten con ingresos superiores a los 100.000 euros; a los europeos que voluntariamente quieran suscribir estos convenios, y los nacionales de terceros países que durante su estancia en Cantabria quieran formalizarlo para ser atendidos por el sistema público.

Podrán suscribir el convenio especial con el Servicio Cántabro de Salud quienes estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma tanto en el momento de presentar la solicitud como en el de formalizar el convenio y cumplan el resto de requisitos establecidos en el Real Decreto que regula la condición de asegurado y beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, que esta orden de Cantabria desarrolla.

Los interesados deberán presentar una solicitud disponible en todas las Unidades de Atención al Usuario de cualquiera de los centros del Servicio Cántabro de Salud y de la Consejería, así como en el Portal del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es) y en la página web del Servicio Cantabro de Salud (www.scsalud.es).

La documentación que deberá aportarse es la fotocopia del DNI/NIE, pasaporte, u otro documento que acredite la identidad del solicitante; certificado actualizado de empadronamiento en algún municipio de Cantabria en el que conste la antigüedad del empadronamiento; y declaración responsable de no tener cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía.

Los documentos que acreditan la identidad y la residencia podrán consultarse telemáticamente.

La instrucción del procedimiento de determinación de la procedencia de suscripción de convenio especial corresponde a la unidad para la tramitación de Tarjeta Sanitaria del Servicio Cantabro de Salud.

El director gerente del Servicio Cantabro de Salud dictará resolución motivada sobre la procedencia de suscribir el convenio especial, que será notificada en el plazo máximo de 30 días contados desde el siguiente al que se reciba la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la correspondiente resolución, la solicitud se entenderá estimada. Dicha resolución podrá ser recurrida en alzada ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes.

El convenio se formalizará por el Servicio Cántabro de Salud con el interesado en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución estimatoria.