CANTABRIA.-Valdáliga.- La Audiencia ratifica el sobreseimiento de la denuncia un vocal del PP contra el pedáneo de Caviedes

Actualizado: lunes, 17 febrero 2014 20:16

SANTANDER, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación y ratificado el sobreseimiento de la causa abierta contra el presidente de la Junta Vecinal de Caviedes, el regionalista Miguel Ángel Álvarez, a raíz de una denuncia por prevaricación, falsedad documental y delito contra la ordenación del territorio presentada por el vocal del PP Benjamín García durante la campaña electoral de 2011.

El fallo desestima el recurso de apelación presentado por García contra el sobreseimiento decretado en primera instancia por el Juzgado de San Vicente de la Barquera y reafirma el archivo de la denuncia, al entender que no existe ningún indicio de delito en las actuaciones del pedáneo, según ha informado el PRC en un comunicado.

Los hechos que han motivado la causa se remontan a enero de 2007, cuando la Junta Vecinal acordó ceder el uso de una porción de terreno de su propiedad a unos particulares para el traslado de un gallinero y una perrera ubicados inicialmente junto a la vía pública, en pleno centro de Caviedes. Este traslado se acordó tras la concesión a esta localidad del premio Pueblo del Año de Cantabria, instituido por el anterior Gobierno Regional.

Como consecuencia de este acuerdo, Benjamín García denunció a Álvarez porque la edificación se llevó a cabo en suelo rústico de especial protección sin los permisos preceptivos.

Sin embargo, tanto el Juzgado de San Vicente como la Audiencia determinan en sus sentencias que lo que autorizó la pedanía fue "una construcción en una parcela distinta y no se encuentran indicios de responsabilidad penal por la forma concreta en que se ejecutase la obra, que consta que fue realizada por la empresa contratada y sin que aparezca que la Junta Vecinal disponga de medios para el control de la exacta ejecución de lo dispuesto por la misma, ni de que nadie pusiese de manifiesto la existencia de irregularidades durante la ejecución".

Del mismo modo y en relación con la acusación por falsedad documental argumentada por el denunciante, quien aseguró que el alcalde pedáneo había acreditado desconocer quién fue el responsable de dicha obra en un informe remitido a la Comisión Regional de Urbanismo, la sentencia indica que "no se aprecia que se haya faltado manifiestamente a la verdad".

Tampoco aprecian ninguno de los fallos que el presidente vecinal incurriera en fraude en la contratación de las obras de pavimentación de la calle San Pedro en Ocejo, como denunció el concejal del PP, y señalan que no existió fraccionamiento artificial de los pagos de un proyecto que la Junta Vecinal asumió en dos fases, una centrada en el ensanche y desmonte del camino y la otra en el asfaltado, con un presupuesto total de 50.000 euros.