Recomendaciones de la Defensora del Pueblo sobre la concesión de licencias de obra

Actualizado: martes, 29 septiembre 2015 9:41

Afirma que empresas y particulares denuncian la incertidumbre sobre el tiempo que se tarda en resolver sus solicitudes de licencia

MADRID, 29 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha publicado este martes un informe sobre licencias urbanísticas en el que pide a los ayuntamientos que agilicen los tiempos de tramitación y no abusen de la posibilidad de eximir a algunas actividades económicas de la obligación de solicitar licencia previa.

Tomando una muestra de diez municipios --Madrid, Barcelona, Valencia, Vigo, Cáceres, Pamplona, Algeciras (Cádiz), Irún (Guipúzcoa), Villena (Alicante) y Úbeda (Jaén)--, la institución pidió información a los ayuntamientos en 2014 sobre los problemas ordinarios que surgen al tramitar una solicitud de licencia de obras, sobre los tiempos medios de tramitación y sobre los recursos personales y materiales de los que disponen.

A partir de esa información, formuló varias recomendaciones dirigidas tanto a los gobiernos locales como a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Por ejemplo, les advierte de que no deben extender "indebidamente" los ámbitos de actividad económica exentos de licencia y recuerda que, estrictamente, solo está exento el comercio minorista, y no siempre si contiene instalaciones molestas, insalubres o peligrosas.

"No debe asimilarse cualquier actividad económica a la actividad de comercio al por menor ni a una actividad de servicios", señala, añadiendo que, además del interés económico general, también la protección del medio ambiente y del entorno urbano y la conservación del patrimonio histórico constituyen "razones de interés general para que el ayuntamiento intervenga".

Sobre la declaración responsable, sustitutiva de la licencia en muchos casos tras las últimas reformas legislativas, dice que este documento puede ser inveraz o inexacto y que las obras realizadas pueden no ajustarse a lo declarado. Por ello, la responsabilidad del firmante no queda limitada por la declaración y la Administración no queda liberada de su deber de comprobación.

SILENCIO ADMINISTRATIVO

En relación con el silencio administrativo, propone que, aunque no haya decisión expresa sobre la solicitud de licencia, se haga siempre un seguimiento de los actos materiales que se realicen. Es decir, que la Administración no puede obviar su deber de inspección para comprobar que no hay obras (ante un silencio negativo) o que las obras que se realizan son las autorizadas tácitamente (ante un silencio positivo).

Asimismo, aconseja una aplicación "rigurosa" pero no "rígida" de los criterios para clasificar los procedimientos en obra mayor, obra menor y reparación leve, a fin de no actuar con una tolerancia excesiva pero tampoco provocar retrasos injustificados.

Otra recomendación apunta a los informes de otras administraciones y organismos cuya recepción puede demorarse, e indica que el ciudadano debería poder contar con los ayuntamientos para que impulsen el procedimiento.

FALTA DE MEDIOS

El informe dedica un apartado a los pequeños y medianos municipios (de 3.000 a 20.000 habitantes), cuyos recursos económicos son limitados y, por tanto, no tienen suficientes medios personales y materiales. Por ello, la Defensora pide a instituciones como las diputaciones provinciales que suplan esas carencias con apoyo técnico, jurídico y material, incluida la asistencia en el procesamiento de la información.

Entre las recomendaciones dirigidas a la FEMP, se incluyen las de agilizar los tiempos de tramitación de las licencias urbanísticas y fomentar la claridad, sencillez y transparencia de los procedimientos.

TIEMPOS

En cuanto a la tramitación y la duración de los procedimientos, la institución concluye que "la lentitud no parece ser la regla en los ayuntamientos consultados". Eso es así sobre todo en los trámites principales, según la Defensora del Pueblo, que, en cambio, expresa sus "dudas" sobre la fase de comprobación final y de inspecciones periódicas de las obras.

Sin embargo, el informe destaca que, "en la actual situación económica, las empresas y particulares que acuden al Defensor del Pueblo denuncian la incertidumbre sobre el tiempo que se tarda en resolver sus solicitudes de licencia".

Tras recordar que sin licencia no se puede obtener financiación y que queda paralizado el proceso de ejecución de las obras, señala que para obtener una licencia para obra de reforma menor en un local o en un edificio en los municipios analizados hay que esperar entre uno y 60 días. Si la licencia es para obra mayor, los tiempos varían entre los 30 y los 180 días.

Por ejemplo, una licencia para obra menor se demora entre 30 y 60 días en Madrid, entre 30 y 40 días en Barcelona y entre uno y 30 días en Valencia. Para una obra mayor, aumenta a entre 90 y 120 días en Madird, 90 en Barcelona y entre 30 y 90 en Valencia.

En otros municipios más pequeños analizados en el estudio, los tiempos se reducen, pero en algunos casos no lo hacen demasiado respecto a las ciudades grandes, como en Algeciras para licencias de obra mayor (entre 90 y 180 días). Y en todos estos tiempos no se incluye el tiempo más variable, el de los informes preceptivos, que no son de responsabilidad municipal.