Aprobado el documento para la evaluación ambiental de una modificación de las NNSS para viviendas de protección

En una parcela parcialmente incluida en el suelo urbano del núcleo de Fresnedo

Grúas en construcción
EP
Europa Press Cantabria
Actualizado: martes, 1 febrero 2011 12:00

SANTANDER, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística del Gobierno de Cantabria ha aprobado el documento de referencia para la evaluación ambiental de la modificación puntual número 3 de las Normas Subsidiarias (NNSS) del municipio de Soba, y que tiene por objeto la construcción de viviendas de protección, tanto de promoción pública como privada, en una parcela parcialmente incluida en el suelo urbano del núcleo de Fresnedo, estando el suelo restante clasificado como suelo rústico.

Según consta en el documento, consultado por Europa Press, la propuesta consiste en la ampliación del suelo urbano a todo el ámbito de la parcela, calificándola como "parcela para vivienda protegida", regulada específicamente por una nueva ordenanza de "vivienda protegida en núcleo rural".

El documento señala la necesidad de recabar la información ambiental relevante que permita una adecuada caracterización del medio y un correcto diagnóstico sobre su vulnerabilidad frente a las intervenciones de la modificación puntual.

Entre otros aspectos, se deberá realizar un análisis paisajístico del ámbito de la modificación puntual que, como mínimo, incluirá un estudio de visibilidad y calidad paisajística desde las vías de comunicación, así como la localización de los puntos de acceso al ámbito de la modificación como caminos, carreteras y demás vías que ofrezcan vistas que deban ser objeto de especial tratamiento.

También se deberá razonar la inexistencia de suelo que permita la materialización de esta demanda concreta, y su conveniencia; y justificar el cambio de clasificación del suelo, en función del valor agrológico y de los valores y características que hicieron ser merecedores a los terrenos para su consideración como suelo rústico.

Igualmente se deberá aportar una descripción del desarrollo urbanístico previsto, y en concreto, las condiciones de las ordenanzas que regirán los usos, edificaciones y actividades autorizables, con el grado de detalle que permita la valoración de sus efectos sobre el medio ambiente.

EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

El documento señala que el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) identificará, describirá y valorará los probables efectos significativos en el medio ambiente de la ejecución y aplicación de la modificación puntual, incluidos los derivados de la urbanización, edificación y actividades que dicha modificación permitiría.

Así, se atenderá a sus impactos sobre aspectos como la biodiversidad, la población, la fauna, la flora, la tierra, el agua, el aire, el patrimonio cultural e histórico-artístico, el paisaje y la interrelación entre estos factores.

El ISA propondrá también el establecimiento de medidas correctoras y de prevención para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, contrarrestar o compensar cualquiera de los efectos significativos negativos identificados, y que serán incorporadas a la modificación puntual con el grado de detalle necesario para su perfecta interpretación y ejecución durante las fases de desarrollo de la misma y en los lugares o para las acciones en que se prevean.

Y en el Programa de Seguimiento Ambiental, cuyo cumplimiento será responsabilidad del Ayuntamiento, se definirán indicadores de los objetivos ambientales, tanto de ejecución, como de mantenimiento y de resultado, de acuerdo a lo establecido en el documento de referencia.

El Ayuntamiento promotor someterá el expediente a Información Pública y Consultas, que consistirán en la exposición pública de la modificación puntual, junto con el Informe de Sostenibilidad Ambiental, otorgando un plazo de 45 días para examinar ambos documentos y realizar alegaciones y observaciones.

Durante el mismo periodo y por el mismo plazo se efectuará la fase de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y al público interesado del procedimiento de evaluación ambiental.

Además el Ayuntamiento de Soba trasladará a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística dos ejemplares del documento urbanístico de Modificación Puntual sometida a información pública y del Informe de Sostenibilidad Ambiental, para su remisión a la Dirección General de Biodiversidad y a la Dirección General de Cultura, en tanto en cuanto la legislación sectorial demanda su participación en la evaluación ambiental, mediante sus respectivos informes preceptivos y vinculantes.

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