Absueltos los 16 acusados de intentar alterar el censo electoral de Celada Marlantes, a pesar de probar que lo hicieron

Actualizado: viernes, 25 mayo 2007 16:31

La Audiencia dice que la alcaldesa pedánea no abusó de su cargo y por tanto no hay delito

SANTANDER, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a los 16 acusados de intentar alterar el censo electoral de la localidad de Celada Marlantes en vísperas de las elecciones autonómicas y municipales del año 2003. La Audiencia considera que la alcaldesa pedánea de la localidad, principal imputada en la causa, no cometió delito, puesto que no abusó de su cargo ni tenía potestad sobre el padrón del municipio al que pertenece la localidad.

En la sentencia, conocida hoy, la sala considera probado que tanto la entonces alcaldesa pedánea, Celia Seco Ortega (IU), como los otros quince acusados, intentaron alterar el censo electoral mediante el empadronamiento de un total de 15 personas (más otra ya fallecida) en dos viviendas de la alcaldesa y en la de sus padres, cuando en realidad esas personas no vivían en Celada Marlantes "ni tenían intención" de hacerlo.

Según la Audiencia, a pesar de los argumentos esgrimidos por esas personas para explicar su empadronamiento, no ha quedado probado ninguno de ellos y, en consecuencia, "cabe concluir que las solicitudes de empadronamiento tenían una única finalidad", la de ser incluidos en el censo electoral de la localidad, en la que concurría de nuevo como candidata la alcaldesa pedánea.

Aun con todo, la sala recalca que no hay delito y explica que para considerar cometido un delito de falsedad electoral, como se le imputaba a la alcaldesa pedánea, no basta con que el acusado ostente la condición de funcionario, sino que además debe cometer la falsedad "abusando de su oficio o cargo".

En este caso, la sala considera que no hubo "abuso de competencias", ya que la alcaldesa pedánea no tenía "facultades ni competencias en el padrón municipal" de Campoo de Enmedio, ayuntamiento al que pertenece la localidad de Celada Marlantes y en el que se tramitaron los empadronamientos. Así, sostiene que Celia Seco se limitó a firmar como particular una autorización para que varios de los acusados se empadronaran en su vivienda.

En este sentido, la sentencia añade respecto a los otros 15 acusados, que sólo podrían ser condenados si hubieran participado dolosamente en un delito electoral, pero como en este caso no se ha cometido siquiera el delito, no han podido participar en él y tienen que ser también absueltos.

Además, subraya que tampoco se les puede castigar por el hecho de rellenar una solicitud de empadronamiento faltando a la verdad, porque se trata de "una modalidad falsaria ideológica que no es punible cuando se comete por particulares".

RELATO DE LOS HECHOS

Aunque los 16 acusados son finalmente absueltos, la Audiencia considera probado su intento de alterar el censo. Señala que entre los días 27 y 28 de febrero, con tiempo suficiente por tanto para ser incluidos en el censo electoral, que se iba a cerrar el 31 de marzo, los acusados solicitaron el empadronamiento en tres viviendas de la misma calle, una de ellas la residencia de la alcaldesa pedánea, otra también de su propiedad y la de sus padres.

Las 15 personas que intentaron inscribirse en el padrón eran familiares de la alcaldesa pedánea, así como una amiga y otras personas vinculadas a su partido. En el juicio, unos alegaron circunstancias personales y laborales, otros que iban a montar un negocio de turismo rural y en un caso incluso se llegó a aducir que les habían ofrecido vivienda gratis en la localidad.

Sin embargo, la sala recalca que los acusados no han demostrado esas explicaciones y no encuentra "causa real que justificara" su empadronamiento por un posible cambio de residencia, "en fechas próximas a las elecciones y poco antes de acabar el plazo".

Aunque las altas en el padrón fueron autorizadas el 4 de marzo de 2003 por parte del Ayuntamiento de Campoo de Enmedio, finalmente fueron dadas de baja al comprobarse que no tenían su residencia habitual en Celada. El propio Ayuntamiento ejerció la acusación particular en el juicio, en el que se pidieron multas y condenas de cárcel para los 16 imputados, que finalmente han sido absueltos.