Amp.- El juez archiva la querella judicial contra Diego porque no lesionó la dignidad de Revilla

Actualizado: lunes, 16 octubre 2006 15:17

El Auto sostiene que las declaraciones del presidente del PP se encuadran en "la crítica política"

SANTANDER, 16 Oct. (EUROPA PRESS) -

El magistrado Santiago Pérez Obregón ha archivado la querella por injurias y calumnias presentada por el presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, contra el presidente regional del PP, Ignacio Diego, al dictaminar que el líder 'popular' no realizó ninguna expresión que "haya lesionado su dignidad".

La querella se interpuso el pasado mes de abril en nombre del propio Revilla, -y no del Ejecutivo- por considerar que Diego intentó "manchar" su "honorabilidad" cuando relacionó la declaración del Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) en El Bojar, donde se construirán viviendas públicas, con la "estrecha amistad" del presidente regional con el promotor Miguel Ángel Iglesias, quien poseía "cerca de la mitad de la propiedad de los terrenos".

En el Auto se argumenta que, según las pruebas recogidas durante la fase de instrucción, no se acredita "la comisión de un delito de injurias del que se acusa" a Diego, "quien no ha realizado acción alguna o proferido expresión contra Miguel Ángel Revilla que hayan lesionado su dignidad".

Por contra, el juez instructor considera que las expresiones realizadas por Diego se enmarcan "en la crítica política", dada su condición de presidente del PP cántabro y de parlamentario, y "sin que exista dato objetivo, diligencias documentales o testificales o circunstancias singulares que evidencien la imputación de un delito concreto, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad".

Así, respecto a las declaraciones vertidas por Diego en ruedas de prensa convocadas el 17 y el 31 de marzo, en las que afirmaba que el modelo de construcción de viviendas públicas del Gobierno regional era "muy preocupante" y que Revilla era "amigo personal" de Iglesias, con ellas el líder 'popular' "no atribuía" al presidente de Cantabria delitos de prevariación, tráfico de influencias, información privilegiada, revelación de secretos "o cuales quiera otros", como defendía el jefe del Ejecutivo cántabro.

A este respecto, Pérez Obregón introduce jurisprudencia del Tribunal Supremo, cuando dice que los delitos contra el honor de las personas ofrecen "unos perfiles no siempre fáciles de precisar, especialmente cuando de personalidades públicas se trata, por su relación directa con la crítica pública y con los medios de comunicación social, absolutamente precisos para la formación de la opinión pública, lo que en buena medida constituye la base en que se asientan los sistemas democráticos".

Igualmente, Pérez Obregón cita más jurisprudencia del Tribunal Supremo, en tanto que la libertad de expresión es "la esencia de la democracia pluralista", en la línea señalada "por el Convenio de Roma" y por el "Tribunal Europeo de Derechos Humanos".

REVILLA Y EL PROMOTOR IGLESIAS SÍ TENÍAN AMISTAD

El Auto recoge que, según la instrucción practicada, la empresa Orbovisa -cuyo principal accionista es Iglesias- adquirió "en documentos privados varios terrenos rústicos en Igollo de Camargo", terreno objeto del PSIR, al igual que se expone que Revilla y el promotor referido "tienen amistad".

Sobre este punto, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) expone que, para que hubiese delito, la imputación "ha de hacerse con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio a la verdad", características que "obviamente en el litigio que examinamos no concurren".

COMPARACIÓN CON MARBELLA

En cuanto a la expresión proferida por Diego de que el Gobierno cántabro "parece haber elegido" un "desarrollo similar a Marbella", para el magistrado del TSJC "esta imputación no ha de considerarse clara y directa sobre la comisión de hechos delictivos", sino como "una simple sospecha, que, como es sabido, no tiene transcendencia jurídica, siendo irrelevante desde el punto de vista penal".