Condenado un hombre que intentó sacar hasta 14 veces dinero de un cajero y negó ser él aunque fue grabado

Europa Press Cantabria
Actualizado: miércoles, 2 marzo 2011 18:57

SANTANDER 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año y tres de meses de prisión, a un hombre que consiguió sacar casi 600 euros con una tarjeta de crédito de otra persona y que intentó realizar hasta catorce extracciones en diversos cajeros automáticos sin lograr su propósito.

La sentencia, hecha pública este martes, desestima así el recurso presentado por el acusado, Ramón L.M., contra la condena emitida por el Juzgado de lo Penal número 3 de Santander por un delito continuado de estafa.

El tribunal considera probado que el procesado, tras conseguir de forma no determinada una tarjeta de crédito propiedad de otra persona, se dirigió, el 21 de noviembre del año 2006 a un cajero de la calle Vargas de Santander donde, valiéndose del código que la titular de la tarjeta tenía apuntado en la misma, realizó una primera extracción por importe de 100 euros.

Un minuto después, a las 13,31 horas, sacó otros 190 euros, y posteriormente acudió ese mismo día a diferentes cajeros automáticos de Santander donde, con la misma tarjeta, intentó realizar hasta un total de catorce operaciones de reintegro que resultaron fallidas.

Del mismo modo, y sobre las seis de la mañana del día siguiente, el imputado se dirigió al cajero de una sucursal bancaria situada en la calle Jesús de Monasterio, donde consiguió realizar otra extracción por importe de 300 euros.

Por estos hechos fue condenado y ahora el tribunal de apelación ha rechazado el recurso que el imputado presentó contra la sentencia de primera instancia al considerar probada su autoría.

FUE GRABADO

Así, la sala rechaza el alegato del condenado quien en el recurso alegó que no fue el autor de las extracciones de dinero, negando que fuera la persona que aparece filmada por una cámara situada en uno de los cajeros, y que también alegó la existencia de dilaciones indebidas en el proceso al haber transcurrido tres años entre los hechos y el enjuiciamiento.

Respecto a la autoría del delito, el tribunal destaca la evidencia de que la tarjeta fue usada por una misma persona y que la cámara de uno de los cajeros grabó "perfectamente" a quien intentó extraer dinero, hasta el punto de que se distinguen "perfectamente" las facciones, cara y cuello de la persona, ya que la imagen lo es en primer plano.

Añade también que dicha persona es "exactamente la misma" que la que aparece en unas fotografías extraídas de una reseña de la Guardia Civil correspondiente al año 2006, en el que se produjeron las extracciones, tanto las consumadas como las que quedaron en un intento.

Pero es que además, la sentencia recoge que cuando en el acto del juicio oral se preguntó al acusado si se reconocía en la fotografía manifestó que sí, que era él, indicios, a juicio de la sala, "más que relevantes" por más que en la actualidad el imputado haya adelgazado y se presentara al juicio sin gafas.

Y aunque el acusado llegó a alegar que no pudo ser el autor de las extracciones nocturnas dado que se encontraba en el tercer grado penitenciario y dormía en la cárcel de la calle Alta de Santander, la sentencia señala que se trata de una circunstancia de fácil certificación --bastaba una certificación del director de la prisión-- que ni siquiera se intentó, y concluye que no tiene "ninguna duda" sobre la autoría del imputado al que condena e impone además las costas del recurso de alzada.

Y respecto al alegato de dilaciones indebidas en el proceso, el tribunal también descarta este motivo del recurso al señalar que no las ha habido ya que una cosa es que los hechos se produjeran en noviembre de 2006 y se juzgaran en igual mes de 2009, "y otra muy distinta" que se aprecien dilaciones indebidas ya que no han existido paralizaciones procedimentales, ni lapsos temporales de inactividad procesal, sino que algunas dilaciones las ha provocado el propio acusado no comunicando su paradero y aún éstas fueron de breve duración.

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