Las denuncias por violencia de género caen un 1,9% en el tercer trimestre en Cantabria

Denuncias por violencia de género en Cantabria
Denuncias por violencia de género en Cantabria - EPDATA
Europa Press Cantabria
Publicado: miércoles, 18 diciembre 2019 14:22


SANTANDER, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

Un total de 565 denuncias por violencia de género se han registrado en los órganos judiciales de Cantabria en el tercer trimestre del año, lo que supone un 1,9% menos que en el mismo periodo de 2018.

Además, los órganos judiciales encargados de investigar la violencia de género en esta comunidad atendieron en el citado periodo a 553 mujeres, de las que 443 eran españolas y 110 extranjeras.

Estos datos representan una ratio de 18,5 víctimas por cada 10.000 mujeres que residen en Cantabria, ligeramente superior a la media nacional de 18,1 víctimas por cada 10.000 mujeres españolas.

Asimismo, fueron condenados 63 hombres en los juzgados de violencia sobre la mujer -por delitos leves o porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido-, 42 en el Juzgado de lo Penal -18 de ellos también por conformidad- y uno en el Juzgado de Menores.

El porcentaje de condenas entre los enjuiciados se situó en un 88,7 por ciento en los juzgados de violencia, donde la mayoría de las sentencias se producen por conformidad del acusado, y en un 60 por ciento en el de lo Penal.

Además, a lo largo del trimestre, los jueces de violencia sobre la mujer acordaron 52 órdenes y medidas de protección, y 19 los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia.

Estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa al tercer trimestre de este 2019.

De las 565 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 59,5 por ciento fueron presentadas por la propia víctima; el 17,2 por ciento a través de parte de lesiones llegados a los juzgados; el 16,6 por ciento por servicios asistenciales o terceras personas; el 3,9 por ciento por intervención policial directa, y el 2,8 por ciento por denuncia de un familiar.

En 36 casos, la víctima se acogió a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, un 33,3 por ciento más respecto al mismo periodo de 2018. Esas 36 mujeres representan el 6,5 por ciento del total de las que figuran como víctimas. A nivel nacional, las mujeres que se acogen a esta dispensa son el 10,6 por ciento.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN JUDICIALES

A lo largo del tercer trimestre se solicitaron en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria 76 órdenes y medidas de protección, de las que se acordaron 52, el 68 por ciento de todas las pedidas, frente al 73 por ciento en España.

Estas órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 176 medidas judiciales: 137 de carácter penal y 39 de naturaleza civil.

Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (50) y la prohibición de comunicación con ella (47), seguidas de la suspensión de la tenencia y uso de armas (28). Además, se acordaron cinco medidas privativas de libertad y otras cinco prohibiciones de volver al lugar del delito.

Entre las medidas civiles destacan once sobre prestación de alimentos, nueve sobre suspensión de la guarda y custodia de los hijos, ocho de suspensión del régimen de visitas y otras tantas sobre atribución de la vivienda familiar.

Por su parte, los juzgados de guardia que atendieron casos de violencia de género, recibieron 24 peticiones de órdenes y medidas de protección, de las cuales acordaron 19.

RELACIÓN ENTRE LA DENUNCIANTE Y EL DENUNCIADO

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (63 ocasiones). En otras trece se trataba de mujeres extranjeras mayores de edad.

En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección solicitadas, 62 eran españoles y 14 extranjeros.

En el 46 por ciento de las ocasiones eran matrimonio o tenían una relación afectiva, mientras que en el 54 por ciento de los casos el vínculo ya estaba disuelto.

DELITOS DE MALOS TRATOS

Los juzgados de violencia de género recibieron 630 asuntos, de los que 170 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido y 21 fueron sobre delitos leves. El resto se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado, mientras que no se incoó ningún sumario ni tribunal del jurado, procedimientos empleados para instruir los delitos más graves.

Por tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (195) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.

Otros 86 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.

Además, en nueve ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

Por otro lado, los juzgados de violencia tramitaron 117 asuntos por quebrantamiento de condena, 69 por delito contra la libertad, 38 por quebrantamiento de una medida cautelar, nueve por delito contra la integridad moral, ocho por delito contra el honor, tres por delito contra la intimidad y la propia imagen y uno por delito contra la libertad e indemnidad sexual.

En cuanto a los delitos leves, se registraron trece procedimientos por injurias y siete por vejaciones injustas.

Además, las denuncias dieron lugar a la apertura de 39 procedimientos civiles, de los que doce eran relativos a la modificación de medidas acordadas en sentencia, diez eran de divorcio, otros tantos sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, ocho sobre modificación de medidas acordadas en sentencia, cuatro sobre liquidación del régimen económico-matrimonial, dos sobre filiación y una oposición a la resolución administrativa en la protección de menores

FASE DE ENJUICIAMIENTO

El 15,1 por ciento de las denuncias llegadas de julio a septiembre al juzgado concluyó con sentencia en el propio órgano. Así, los juzgados de violencia dictaron ocho sentencias absolutorias y 63 condenatorias. El 51,8 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento libre (2,8 por ciento) o provisional (el 49 por ciento).

Finalmente, el 22,4 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente, bien al Juzgado de lo Penal o bien a la Audiencia Provincial, en función de la gravedad del delito.

Así, el Juzgado de lo Penal n 5 de Santander, especializado en el enjuiciamiento de la violencia de género, dictó 70 sentencias, 42 de ellas condenatorias -en 18 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y otras 28 absolutorias.

Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada para juzgar los delitos más graves de violencia de género, no celebró ningún juicio.

Finalmente, el Juzgado de Menores de Santander registró un asunto por violencia de género y resolvió uno, lo que se tradujo en una sentencia con imposición de medidas, resolución dictada previa conformidad del menor.

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