SANTANDER 24 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Parlamento de Cantabria publica este martes en el BOC la reforma del impuesto de sucesiones y donaciones, que rebaja en un 99 por ciento el gravamen de las transmisiones por muerte y donaciones en vida entre padres, hijos y cónyuges, lo que supone su práctica supresión.
Esta Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado, entrará oficialmente en vigor este miércoles, 25 de enero, y se aplicará a los hechos imponibles acaecidos a partir del 1 de enero de 2012.
El Pleno del Parlamento de Cantabria aprobó el pasado 10 de enero la reforma del impuesto de sucesiones y donaciones, que supondrá para la Administración regional dejar de ingresar alrededor de 1,5 millones de euros.
La eliminación del impuesto tiene dos partes, que afectan a las transmisiones por muerte y donaciones en vida. La primera afecta a las transmisiones mortis causa, por las que el caudal hereditario de la persona fallecida pasa a sus descendientes. En este caso, se establecen dos modificaciones, una dirigida a las familias y otra destinada a facilitar la transmisión de empresas.
Respecto de las familias, se establece una bonificación del 99 por ciento de la cuota tributaria en las adquisiciones de los ascendientes y descendientes directos, incluyendo a las parejas de hecho inscritas en el Registro autonómico. Además, se establecerá una reducción autonómica de la base imponible en la transmisión de una empresa, también del 99 por ciento, no sólo a ascendientes y descendientes directos, sino a quien va a heredar la empresa.
La segunda parte de la modificación está relacionada con las trasmisiones inter vivos, con dos líneas, una, que afecta a las donaciones de dinero para crear empresas, en la que se fija una bonificación del 99 por ciento en la cuota tributaria hasta los primeros 100.000 euros en metálico donados a los grupos 1 y 2 para la puesta en marcha de una actividad económica, la adquisición de una ya existente o de participaciones en sociedades con determinados requisitos, mejorando e incrementando las condiciones que había hasta ahora.
La bonificación será del 100 por cien hasta los primeros doscientos mil euros donados, para aquellas empresas que experimenten durante los doce meses siguientes a la constitución o adquisición de la empresa o negocio, o a la adquisición de las participaciones en la entidad, un incremento de su plantilla media total con respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores y dicho incremento se mantenga durante un período adicional de otros veinticuatro meses.