SANTANDER 20 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Mercantil número Uno de Santander ha declarado en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) a la empresa de comercialización de vehículos industriales de Renault Pedro Gutiérrez Liébana, declaración que la empresa había solicitado alegando que se encuentra en "estado de insolvencia".
La magistrada del Juzgado, Catalina Pérez Noriega, considera que la situación por la que atraviesa la firma de Santa Cruz de Bezana queda demostrada con los documentos que ha aportado en su solicitud, presentada el 27 de diciembre de 2011, que pone de manifiesto que la empresa carece de un activo que le permita "cumplir regularmente" sus obligaciones.
Destaca además que tiene un "importante volumen de deudas" de vencimiento "inmediatamente anterior" a la petición de concurso, así como posterior, lo que junto con los datos sobre la marcha de su actividad y la situación coyuntural del sector, permite concluir que se encuentra imposibilitada para tender dichas obligaciones "de manera regular y ordinaria".
La resolución judicial acuerda inicialmente la conservación por parte del concursado de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales.
Además, acuerda que el concurso se tramite según el trámite ordinario, atendiendo al número de acreedores, la valoración del activo y el volumen de negocio de la empresa.
El auto nombra igualmente administrador del concurso, de carácter voluntario, que será el encargado, en el plazo legalmente establecido, de realizar una comunicación individualizada a todos los acreedores y a la representación de los trabajadores.
En el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los acreedores comunicarán al administrador concursal la existencia de sus créditos.
El auto, fechado el pasado día 13 de enero, abrirá la fase común de la tramitación del concurso. Contra la resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días.