El MITECO formula declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora de capacidad del nudo Santander-aeropuerto

Establece una serie de condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, en que debe ejecutarse

Plano del proyecto de mejora de la capacidad en la A-67 y S-10 en el tramo Santander-aeropuerto
Plano del proyecto de mejora de la capacidad en la A-67 y S-10 en el tramo Santander-aeropuerto - BOE
Europa Press Cantabria
Publicado: miércoles, 29 julio 2026 16:01

SANTANDER, 29 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha formulado declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora de la capacidad de las autovías A-67 y S-10 en el tramo entre Santander y el aeropuerto Seve Ballesteros.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles la resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MITECO por la que se formula dicha declaración sobre este proyecto, el cual está promovido por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

La actuación, cuyo coste cifró Transportes en 2024 en un total de 86,6 millones, busca mejorar las fluidez y condiciones de circulación de las autovías en el entorno sur y sureste de la ciudad de Santander, en el que confluyen dos vías importantes, la A-67 y la S-10, y en el que la presencia de polos de atracción de movimientos es "muy destacada".

La mejora consiste en una ampliación de las calzadas de las autovías A-67 y S-10, variable según los tramos, y en la remodelación o mejora de los enlaces Nueva Montaña, Puerto-Ciudad del Transporte, Polígono de Raos, Parayas-Aeropuerto y Primero de Mayo.

CONDICIONES AMBIENTALES

En la declaración de impacto ambiental formulada el pasado 6 de julio, el MITECO se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes.

Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

No comprende el ámbito de la evaluación, en particular, la seguridad y salud en el trabajo ni la seguridad vial, que posee normativa reguladora e instrumentos específicos.

En la declaración formulada se establecen una serie de condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

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