SANTANDER 6 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha condenado a ocho meses de prisión, doce fines de semana de arresto y una multa de 2.700 euros a Octavio Manuel G.V., que era el jefe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la acería de Sidenor en Reinosa en abril del año 2003, cuando un trabajador cayó a un foso de cinco metros de profundidad y sufrió diversas fracturas y lesiones por las que tuvo que ser operado y permaneció hospitalizado 28 días.
La sentencia, conocida hoy, considera al jefe de Prevención responsable directo, como delegado de la empresa para dichas tareas, de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes y le inhabilita para desempeñar responsabilidades en materia de prevención durante el tiempo de condena.
A la hora de dictar su fallo el juzgado ha tenido en cuenta no obstante la atenuante de reparación del daño, puesto que la empresa indemnizó al trabajador herido con algo más de 55.000 euros.
Los hechos en cuestión sucedieron la madrugada del 24 de abril del año 2003, cuando uno de los empleados de la acería tomaba muestras en un foso de laminación. A un metro de distancia aproximadamente existía otro foso, sin ninguna protección, al que cayó el trabajador.
Como consecuencia de esa caída el hombre sufrió una fractura de calcáneo en el pie izquierdo, fractura de pelvis y sacro izquierdo y fractura aplastamiento vertebral. Por todo ello, tuvo que ser operado y recibir rehabilitación y no obtuvo el alta hasta el 30 de septiembre del mismo año. Como secuelas, padece dolor lumbar, en la ingle y en el pie después de realizar determinados esfuerzos y tiene dificultad para subir escaleras, correr o caminar por terreno irregular.
En la sentencia se asegura que el jefe de Prevención de Riesgos conocía el riesgo de caída en ese foso y, sin embargo, ello no quedaba recogido en la evaluación de riesgos existente. Además, aun sabiendo de ese riesgo, no había medidas de protección ni individuales ni colectivas en esa zona, por lo que existe una infracción penal.
Se reconoce que el condenado sólo desempañaba el cargo desde el mismo mes de los hechos, pero la magistrada del Juzgado número 4 insiste en que era conocedor de la existencia de ese riesgo y, sin embargo, no alertó de ello a la empresa para realizar la pertinente evaluación de riesgos y adoptar las medidas correctoras.