Los precios de la Universidad de Cantabria se incrementan un 3,3% el próximo curso

Alumnos estudiando en la UC
UC
Actualizado: viernes, 26 julio 2013 11:37

SANTANDER, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha publicado este viernes en el Boletín Oficial de Cantabria la orden por la que se fijan los precios públicos por la prestación de servicios y actividades académicas universitarias para el curso 2013-2014, que se incrementan un 3,3 por ciento.

Este incremento es el correspondiente al IPC interanual de Cantabria más el 0,5%, cantidad que se encuentra dentro del intervalo formado por el IPC interanual de Cantabria y el IPC más 4 puntos porcentuales, límites tradicionalmente considerados por la Conferencia General de Política Universitaria.

La orden, consultada por Europa Press, es de aplicación a los precios públicos por la educación superior en la Universidad de Cantabria para el curso 2013-2014 en las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como por la prestación de otros servicios académicos.

Por su parte, no será de aplicación a los precios por estudios conducentes a títulos o diplomas que no tengan carácter oficial, que serán fijados por el Consejo Social de la Universidad de Cantabria.

Para las enseñanzas de Grado, el importe de la matrícula será el resultado de sumar el precio de todos los créditos en los que el estudiante se haya matriculado para cada materia, asignaturas o disciplina, según la rama de conocimiento a la que esté adscrito el título de Grado y según se trate de primera, segunda, tercera y cuarta o sucesivas matrículas. El incremento respecto de las cuantías establecidas para el curso anterior es del 3,3%.

Los precios públicos de las enseñanzas correspondientes a la anterior ordenación universitaria (renovadas y no renovadas) tendrán un importe de matrícula resultado de sumar el precio de todos los créditos o asignaturas en los que el estudiante se haya matriculado para cada materia, asignaturas o disciplina, según el grado de experimentalidad de las enseñanzas y según se trate de primera, segunda, tercera y cuarta o sucesivas matrículas. El incremento respecto de las cuantías establecidas para el curso anterior es del 3,3%.

El importe de la matrícula para Máster será el resultado de sumar el precio de todos los créditos en los que el estudiante se haya matriculado para cada materia, asignaturas o disciplina, según la rama de conocimiento a la que esté adscrito el título de Máster y según se trate de primera, segunda, tercera y cuarta o sucesivas matrículas. El incremento respecto de las cuantías establecidas para el curso anterior es del 3,3%.

Respecto a los precios públicos de las enseñanzas de Máster no comprendidas en el caso anterior, el importe de la matrícula será el resultado de sumar el precio de todos los créditos en los que el estudiante se haya matriculado para cada materia, asignaturas o disciplina, según la rama de conocimiento a la que esté adscrito el título de Máster y según se trate de primera, segunda, tercera y cuarta o sucesivas matrículas. El incremento respecto de las cuantías establecidas para el curso anterior es del 3,3%.

Finalmente, los estudiantes que cursen estudios de Doctorado regulados por los Reales Decretos 185/1985 y 778/1998 abonarán los precios de los créditos correspondientes en función del grado de experimentalidad en el que se encuentren las mencionadas enseñanzas.

Los estudiantes que cursen estudios de Doctorado adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior abonarán los precios establecidos para las enseñanzas de Máster oficial anteriormente señaladas.

En ambos casos, el incremento respecto de las cuantías establecidas para el curso anterior es del 3,3%.