SANTANDER, 3 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy el decreto por el que se autoriza la creación de la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego.
El objeto de la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S. L. consistirá en la realización de actividades como la promoción y difusión del Año Jubilar Lebaniego, sus caminos y el patrimonio cultural relacionado con los mismos.
Igualmente se encargará del diseño, programación, coordinación, y en su caso, la realización de actividades relacionadas con la conmemoración del 'Año Jubilar Lebaniego', tales como competiciones deportivas, congresos, jornadas y ciclos de exposiciones itinerantes, representaciones teatrales, conciertos musicales, exposiciones de artes plásticas, elaboración de unidades didácticas, actividades de animación, producción cinematográfica y audiovisual, etc.
Asumirá también la conservación, rehabilitación y recuperación de los caminos de peregrinación al Monasterio de Santo Toribio de Liébana, la colocación de señales para su identificación, el estudio y propuesta a las Administraciones competentes de figuras jurídicas para su protección, y la promoción de la artesanía y el diseño relacionados con los caminos.
Asimismo se encargará de la construcción de las áreas de descanso en los puntos de interés paisajístico y monumental, la promoción de alojamientos relacionados con los caminos, la coordinación de la red de albergues existentes, y la gestión y rehabilitación, en su caso, de los albergues dependientes de instituciones religiosas, corporaciones municipales o cualesquiera otras entidades de derecho público a través de la celebración de convenios de colaboración, así como de cualesquiera otras infraestructuras relacionadas con los caminos de peregrinación.
La celebración de contratos de patrocinio de los eventos y la gestión del uso y explotación comercial de los signos visuales que identifican el Año Jubilar Lebaniego, así como la información general sobre la regulación, medidas de protección y otorgamiento de licencias para su explotación comercial y la celebración de convenios para su utilización por entidades de derecho público o privado sin ánimo de lucro, serán otras de las áreas de actuación de la sociedad que también realizará cualesquiera otras actividades dirigidas a la difusión, promoción y conmemoración del Año Jubilar Lebaniego.
Todas estas actividades podrán ser realizadas directamente por la sociedad, o indirectamente mediante cualquier otra forma admitida en Derecho, según recoge el decreto.
CAPITAL SOCIAL Y TITULARIDAD
El capital social inicial de la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S. L. se cifra en cinco mil euros, y está representado por cincuenta participaciones sociales de cien euros de valor nominal cada una.
La titularidad del 100% de las participaciones en las que se divide el capital social corresponderá al Gobierno de Cantabria, quien las suscribirá y desembolsará íntegramente con anterioridad a la constitución de la sociedad, con cargo a los créditos que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte tenga consignados.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte asumirá la tutela funcional de la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego y llevará a cabo las actuaciones precisas para la constitución de la sociedad.