Técnicos de Infantil sostienen que sus funciones y horarios los marcaba Educación, que lo niega

Juicio sobre la demanda de las técnicos de Infantil
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 28 abril 2014 16:37

La empresa asegura que era ella, "sin intermediación" de la Consejería, la que ejercía su dirección y organización laboral

SANTANDER, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -

La representación de las técnicos superiores de Educación Infantil que han denunciado al Gobierno de Cantabria y Emprendinser --la empresa pública que las contrató para las aulas de 2 años-- ha afirmado que eran los colegios públicos, dependientes de la Consejería de Educación, los que les marcaban funciones y horarios, algo que niegan los demandados.

El Juzgado de lo Social Número 4 de Santander ha acogido el juicio sobre la demanda interpuesta por varias técnicos de Infantil por cesión ilegal de trabajadores contra la Consejería de Educación; contra la empresa pública que entre 2009 y 2013 tuvo encomendado el Servicio de Apoyo para las Aulas de 2 años, y la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte que desde el curso 2013-2014 lo lleva y que subrrogó a las técnicos fijas que había contratado por Emprendinser.

Educación y Emprendinser han pedido la desestimación de la demanda al entender que no hay cesión ilegal y han asegurado que la Consejería no regula las funciones de las técnicos en estas aulas y han afirmado que "no les consta" que los directores de los colegios dieran órdenes a éstas y consideran que es algo que se tendrá que probar.

En el juicio, la representación de Emprendinser ha asegurado que era ella, "sin intermediación" de la Consejería, la que se ocupaba de la "dirección y organización laboral" de las técnicos de las aulas de 2 años.

Por ello, entiende que, dado que la empresa, dependiente de la Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social, era la que se ocupaba de la dirección y organización laboral, funciones que no cedió a la Consejería, no hay cesión ilegal.

La abogada de la Consejería ha apoyado también este argumento y ha insistido en que Educación "no ha participado" en la selección y contratación de las técnicos y "en ningún momento ha ejercico "función alguna" como empresario. "No ha existido cesión ilegal", ha zanjado.

Por su parte, el letrado de la Sociedad de Educación, Cultura y Turismo entiende que a su defendida no se le imputa cesión ilegal ni "incumplimiento" y que solo está en el juicio como "sucesora" de Emprendinser, por lo que tuvo que subrrogar a las técnicos demandantes que eran fijas.

Ha defendido la legalidad de la encomienda de gestión por la que les fue encargado el Servicio de Apoyo a partir del curso 2013-2014, para el que nombró a una coordinadora que "marca" a las técnicos la forma de actuar y atiende las "incidencias laborales" o cuestiones como permisos, licencias, cuestiones retributivas o régimen disciplinario, las mismas que su predecesora, Emprendinser, ha asegurado que ejercía en la época anterior.

Por su parte, la parte demandante ha entendido que era la Consejería, a través de los directores de los centros educativos públicos en los que trabajaban las técnicos, las que "imponían su horario" o las funciones que desempeñaban.

FUNCIONES DOCENTES

Además, han señalado que el convenio que regula a las técnicos es el de la Educación Privada y Concertada cuando prestan su labor en centros públicos con alumnado público, algo en lo que ha insistido una de las testigos en el juicio, Marisol Bustillo, del sindicato STEC y que asesoró a la Asociación de Técnicos Superiores de Infantil, de la que forman parte las demandadas.

La representación de las demandantes sostiene que las técnicos no solo prestan una labor de carácter asistencial, como sostiene Emprendinser, la Consejería y la Sociedad Regional de Educación, sino también docente.

En este sentido, la representación de las demandantes ha cuestionado a varios de los testigos en el juicio acerca de si actualmente hay presencia permanente de un maestro en el aula, algo que han negado y han explicado que están un máximo de 2 horas en el y el resto del tiempo hasta completar las 5 horas de jornada están al cargo de técnicos.

Sin embargo, otra de las testigos, Concepción Castandedo, trabajadora de la Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social, ha explicado que, junto al contrato, a las técnicos contratadas por Emprendinser se les entregaba una relación con sus funciones, que eran, según ha dicho, "sobre todo de apoyo" a la maestra y de "estar pendientes" de los niños en el comedor o durante la siesta.

A pesar de ello, ha reconocido que también se ocupaban de "organizar las clases junto a la maestra".

En el juicio, y en respuesta a lo afirmado en la demanda de las técnicos, la Consejería de Educación y Emprendinser, creada en 2002, han negado que compartir la misma bolsa de trabajo para la contratación de técnicos de infantil.

Lo mismo han hecho con la afirmación de las demandantes de que Emprendinser sea una especie de "empresa fantasma" y han señalado que "para nada" tiene la empresa un carácter "ficticio", sino que es "real" y está dotada con una personalidad jurídica propia.

Han señalado que Emprendinser ha tenido distintas atribuciones y encargos desde "bastante antes" de serle encomendado el Servicio de Apoyo de las Aulas de 2 años.

En el juicio no ha habido interrogatorio de las partes, ni de las demandantes ni de los representantes de la Consejería y la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, entre los que ha estado el director general de Cultura, Joaquín Solanas. Ahora las partes tienen tres días para remitir sus conclusiones al juez antes de que se dicte sentencia.