Tribunales.- Absuelven a un matrimonio de la muerte de un motorista porque fue el fallecido el que no evitó el choque

Actualizado: miércoles, 17 septiembre 2008 17:47

Las acusaciones particulares pedían condenas de entre dos y tres años de prisión por homicidio imprudente

SANTANDER, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha absuelto a un matrimonio de la muerte de un motorista en un accidente de tráfico porque considera que el choque no se debió a una imprudencia de la pareja sino a una falta de previsión y a la velocidad del motorista, que no pudo evitar la colisión.

En una sentencia fechada el pasado 19 de junio y conocida hoy, el Juzgado asegura que no se han aportado pruebas que señalen al matrimonio como responsable del suceso y con los testimonios y pruebas presentadas concluye que la causa del "desgraciado accidente" fue la "falta de previsión" del motorista, que no advirtió con suficiente antelación la maniobra que realizaba el otro vehículo y no pudo frenar a tiempo, ya que además superaba el límite de 50 kilómetros por hora establecido en el lugar del accidente.

Los hechos ocurrieron el 9 de octubre del año 2005 en la carretera N-611, en dirección a Palencia, cuando el turismo en el que circulaba el matrimonio se desvió de la calzada para acceder al aparcamiento de un restaurante y la moto, que acababa de adelantar a otro coche, terminó chocando con el de los acusados.

El Juzgado ha tenido que dirimir no sólo cómo se produjo el impacto, sino también quién conducía el turismo, porque una de las acusaciones particulares aseguraba que el conductor era el varón del matrimonio --con antecedentes penales-- y no la mujer, como afirmó la pareja en todo momento y como ha considerado también acreditado la jueza.

Las acusaciones particulares --únicas partes acusadoras, ya que el fiscal no presentó acusación-- reclamaban penas de entre dos y tres años de prisión por un delito de homicidio imprudente, y una de ellas pedía también una multa por quebrantamiento de condena.

Sin embargo, el juzgado absuelve al matrimonio porque, a su juicio, lo único que se ha probado es que conducía la mujer y que no cometió ninguna imprudencia que permita imputarle la responsabilidad de lo sucedido.

ACCIDENTE

Así, la sentencia sostiene que el accidente ocurrió sobre las cuatro y media de la tarde, en el punto kilométrico 198,400, cuando el turismo que conducía la mujer redujo la velocidad y se desvió para entrar al aparcamiento de un restaurante.

En ese momento circulaban también por el mismo lugar, inmediatamente detrás, otro turismo y la motocicleta. La moto adelantó a uno de los turismos --conducido por uno de los testigos-- y se incorporó de nuevo a la vía justo detrás del coche de los acusados pero, "al no percatarse con la suficiente antelación de la maniobra" del turismo, no pudo evitar la colisión y salió proyectado hasta caer en el arcén izquierdo, donde falleció por el impacto.

Esta versión de los hechos es la que corroboran no sólo los dos acusados, sino también el testigo que circulaba justo detrás, y no concuerda en cambio con la de otro testigo que no se identificó en el momento, sino que se presentó en la Guardia Civil cinco meses después del accidente, y que además no ha quedado claro si fue identificado por una agencia de detectives o por otra testigo.

TESTIGOS

Como sea, lo que afirmaba este testigo es que el coche implicado en el accidente lo conducía un hombre, no una mujer. Aseguraba además que el vehículo había dado marcha atrás y también sostenía que no circulaban más coches detrás.

Sin embargo, la titular del juzgado explica que el hombre ha incurrido en "numerosas contradicciones", ha llegado a negar algunas de sus afirmaciones --entre otras la relativa a quién era el conductor-- y, en definitiva, aporta un testimonio "sorpresivo, poco verosímil y contradictorio" que no concuerda con los datos del atestado de la Guardia Civil.

Por el contrario, la jueza subraya que el otro testigo, el que circulaba por la misma calzada cuando ocurrió el accidente, ha ofrecido un testimonio "coherente y totalmente verosímil" que sitúa efectivamente a la mujer como conductora del vehículo, corrobora que no dio marcha atrás y plantea en conjunto una versión que "se corresponde con gran exactitud" con los datos recogidos por la Guardia Civil.

En cuanto a los informes periciales, los hay que avalan una de las versiones y también para la otra pero, en definitiva, no se ha acreditado que la conductora diera marcha atrás y, en consecuencia, el juzgado absuelve a la pareja.