UTAC-UPTA rechaza la negativa de Hacienda a abonar los 100 euros a algunas trabajadoras autónomas

Actualizado: miércoles, 8 febrero 2006 13:47

Denuncia que viene denegando la deducción en el IRPF a "autónomas colaboradoras" y a las administradoras de sociedades SANTANDER, 8 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Unión de Trabajadores Autónomos de Cantabria (UTAC), entidad integrada en la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) de UGT, rechazó hoy en un comunicado la negativa de Hacienda a abonar la deducción de 100 euros en el IRPF a las denominadas "trabajadoras autónomas colaboradoras" y a las administradoras de sociedades por no reconocerse actividad profesional por cuenta propia o salario derivado de ella pese a cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

UTAC-UPTA explicó que ha remitido una consulta a la Dirección General de Tributos después de recibir "numerosas quejas" de trabajadoras afiliadas incluidas en el grupo calificado de autónomas colaboradoras, que prestan sus servicios en un negocio familiar y que, según la entidad sindical, "a todos los efectos son trabajadoras autónomas y con los mismos derechos que cualquier otro en el momento en que cotizan al RETA".

En el escrito remitido a la Administración tributaria, UTAC-UPTA reclama también que se delimiten los derechos de las administradoras de sociedades, trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA pero que "si no disfrutan de un salario o percepción económica por falta de beneficios o crisis económica, tampoco cobran la deducción de 100 euros en el IRPF", apuntó el sindicato.

Para la Unión de Trabajadores Autónomos de Cantabria, "la deducción de 100 euros en el IRPF a trabajadoras con hijos menores de tres años es aplicable en todos sus términos desde enero de 2003 a las autónomas colaboradoras como a las administradoras de sociedades porque está reconocida tanto para actividades por cuenta propia como por cuenta ajena siempre y cuando se incluya en el RETA o en la mutualidad profesional correspondiente".

El comunicado de UTAC-UPTA recuerda finalmente que "el espíritu de la ley y el texto expreso que regula la deducción de los 100 euros a madres con hijos menores de tres años, determinan su aplicación a las mujeres ocupadas dadas de alta en la Seguridad Social, por lo que no pueden aceptarse interpretación alguna que desvirtúe este derecho para las trabajadoras autónomas colaboradoras y las administradoras de sociedades", concluyó.